Representantes de más de 70 pueblos y barrios originarios de la Ciudad de México exigen que se anule el sistema de registro que los obliga a cumplir con una serie de requisitos para ser reconocidos como comunidades oriundas de esta capital, pese a la memoria histórica que han mantenido desde tiempos ancestrales.
Tras la publicación de la convocatoria por parte de la Secretaría de Pueblos y Barrios Originarios de la Ciudad de México en la Gaceta Oficial, el Frente por los Derechos de los Pueblos y Barrios Originarios del Anáhuac expresó su rechazó porque el registro contraviene el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo, la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, así como de la Ciudad de México, entre otras leyes.
Además, señalaron que el Tribunal Electoral “ha vinculado indebidamente la realización del marco geográfico en la materia para el registro de pueblos, lo que viola la autonomía, la libre determinación y autogobierno de las comunidades”.
Los representantes de pueblos de las alcaldías Xochimilco, Magdalena Contreras, Coyocán y Cuajimalpa, entre otras, realizaron una manifestación el pasado jueves en las puertas del tribunal para exigir respeto para las comunidades y expresar su rotundo rechazo a la creación de “nuevas representaciones impuestas desde el Estado”.
Los pobladores señalaron que las autoridades buscan realizar actividades paralelas “contrarias a las que tenemos en nuestros territorios desde tiempos ancestrales”.
Agregaron que con la convocatoria emitida por la dependencia se afectará la identidad de los pueblos, porque quienes no obtengan un dictamen favorable por parte de la secretaría y un comité asesor serán considerados como grupos sociales y no como pueblos y barrios originarios con derechos colectivos.
El Gobierno de la ciudad decidirá “nuestro espacio geográfico, con el que pretenden despojarnos de nuestros territorios”, indicaron ante la serie de proyectos que se han realizado en comunidades sin consultarlas.
“El Estado no debe crear un registro como condición para el ejercicio de derechos colectivos de los pueblos, debido a que resultaría ser un acto inconstitucional y violatorio de las garantías fundamentales.”