La ministra de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) Norma Lucía Piña Hernández admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de PAN, PRI y PRD contra las reformas a la ley minera que se promulgaron el 20 de abril pasado, donde se define al litio como un elemento de utilidad pública, permitiendo al Estado hacerse cargo en exclusiva de su explotación y procesamiento.
Esta impugnación fue presentada el 27 de mayo pasado por 43 senadores de oposición, quienes nombraron como sus representantes legales para este juicio constitucional a Julen Rementería, Miguel Ángel Osorio Chong y Miguel Ángel Mancera.
No obstante, la ministra Piña previno que varios de los firmantes, entre ellos Gustavo Madero, Luis David Ortiz Salinas, Marco Antonio Gama Basarte y Noé Fernando Castañón Ramírez, no acreditaron su calidad de senadores, por lo cual se les emplazó para que remitan copia certificada de los documentos con los que acrediten su personalidad jurídica.
Además, la ministra dio un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación, para que el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo rindan su informe y remitan copia certificada de los antecedentes legislativos del decreto impugnado y del Diario Oficial de la Federación en el que se publicó; apercibidos de que, de no cumplir con lo anterior, se resolverá con las constancias que integran el expediente. Por lo pronto, el asunto quedó registrado bajo el número 79/2022.
La reforma a la ley minera dispone que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos ni autorizaciones para explotar litio, actividad que será exclusiva del Estado.
Además, se establece que el Estado tiene el deber de proteger la salud de la población, el medio ambiente y los derechos de pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas durante las actividades de explotación.