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Política

2022-06-02 19:48

Autonomía de comunidad LeBarón genera opiniones encontradas

Los hermanos Adrián (c,izq) y Bryan LeBaron (c,der( en imagen de archivo.
Los hermanos Adrián (c,izq) y Bryan LeBaron (c,der( en imagen de archivo. Foto Víctor Camacho

Ciudad de México. La pretensión de la comunidad LeBarón, ubicada en Chihuahua, de ser reconocidos con derechos colectivos a la libre determinación, autonomía y autogobierno, generó opiniones encontradas en las autoridades municipales y los tribunales electorales.

Los LeBarón– un grupo asentado en 1924 en los límites de Chihuahua y Sonora- estuvieron en el centro de atención luego de que el 4 de noviembre de 2019 un comando atacó a miembros de esta comunidad con saldo de nueve muertos, seis de ellos niños.

Ahora, el presidente del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) solicitó la publicación de un proyecto sobre este asunto que será discutido y, en su caso aprobado, en una próxima sesión de la Sala Superior del máximo tribunal del país.

Según la propuesta de resolución, ante la solicitud de reconocimiento de lo que se denomina “comunidad equiparable”, se propone que los tribunales electorales sean competentes para conocer controversias en las que este tipo de grupos solicite “la acción declarativa de certeza de derechos colectivos a la libre autodeterminación, autonomía y autogobierno”.

El TEPJF informó este jueves que el caso fue atendido en un primer momento por el ayuntamiento Galeana, Chihuahua, el cual negó la petición de acompañamiento de la comunidad LeBarón en el trámite de esta solicitud ante la autoridad competente.

Luego, el Tribunal Estatal Electoral de Chihuahua consideró que la autoridad encargada de resolver el caso era el Congreso Local. Finalmente, la Sala Regional de Guadalajara, del TEPJF, revocó esa sentencia al considerar que la controversia no era materia electoral.

Los integrantes de la comunidad LeBarón impugnaron, al alegar que su solicitud sí era materia electoral.

Ahora, el Proyecto Sala Superior indica que este TEPJF debe pronunciarse al respecto – y no el congreso local- porque la petición es de materia político-electoral, y menciona que acorde con jurisprudencias de esta Sala el caso se asemeja a los derechos de los pueblos y comunidades indígenas.

En tanto, se publicó otro proyecto, esta vez del magistrado Felipe de la Mata Pizaña, con base en el cual se anuncia que en una próxima sesión del TEPJF se resolverá sobre la existencia de infracciones, por parte de gobernadores, por la difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, durante el periodo del proceso de revocación de mandato.

En otro tema, el TEPJF determinó que las personas no binarias no pueden ocupar los lugares designados para las mujeres en las listas de candidatos de representación proporcional (plurinominales).

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