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Política

2022-06-02 21:32

Admite SCJN recurso de senadores de oposición contra reforma a Ley Minera

Sede de la SCJN en imagen de archivo.
Sede de la SCJN en imagen de archivo. Foto José Antonio López

Ciudad de México. La ministra Norma Lucía Piña Hernández admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad promovida por senadores de oposición en contra de las reformas a la Ley Minera que se promulgaron el 20 de abril pasado, donde se define al litio como un elemento de utilidad pública, permitiendo al Estado hacerse cargo en exclusiva de su explotación y procesamiento.

Esta impugnación fue presentada ante la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) el 27 de mayo pasado por 43 senadores del PAN, PRI y PRD, quienes nombraron como sus representantes legales para este juicio constitucional a Julen Rementería, Miguel Ángel Osorio Chong y Miguel Ángel Mancera.

No obstante, la ministra Piña previno que varios de los firmantes de la acción, entre ellos Gustavo Madero, Luis David Ortiz Salinas, Marco Antonio Gama Basarte y Noé Fernando Castañón Ramírez, no acreditaron su calidad de senadores, por lo cual se les emplazó para que remitan copia certificada de los documentos con los que acrediten su personalidad jurídica.

Además, la ministra dio un plazo de 15 días hábiles, contados a partir de la notificación, para que el Congreso de la Unión y el Poder Ejecutivo rindan su informe y remitan copia certificada de los antecedentes legislativos del decreto impugnado y del Diario Oficial de la Federación (DOF), en el que se publicó; apercibidos que, de no cumplir con lo anterior, se resolverá con las constancias que integran el expediente.

Por lo pronto, el asunto quedó registrado bajo el número 79/2022.

La reforma a la Ley Minera dispone que no se otorgarán concesiones, licencias, contratos, permisos ni autorizaciones para explotar litio, actividad que será exclusiva del Estado.

Para ello se creará un organismo público descentralizado encargado de la exploración, explotación, beneficio y aprovechamiento del litio, con el apoyo del Servicio Geológico Mexicano.

Además, se establece que el Estado tiene el deber de proteger la salud de la población, el medio ambiente y los derechos de pueblos originarios, comunidades indígenas y afromexicanas, durante las actividades de explotación del litio y de sus cadenas de valor.

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