El Banco Nacional del Ejército, Fuerza Aérea y Armada (Banjército) podrá llevar adelante sus esfuerzos legales para recuperar cuando menos parte de los 325 millones de pesos que, en su carácter de banco de desarrollo, prestó a Banco Ahorro Famsa, hoy en proceso de liquidación.
Por unanimidad, los ministros de la primera sala de la SCJN declararon firme la sentencia de un tribunal colegiado, que determinó que la demanda de Banjército no fue extemporánea y, por tanto, se le deba dar trámite.
Los ministros desecharon revisar el fallo de este asunto, por lo cual se declaró: “queda firme la sentencia recurrida”.
El fondo del asunto es si había sido extemporáneo el recurso que Banjército interpuso contra la sentencia del juez séptimo de distrito en materia civil, sobre la lista de acreedores de Famsa, el orden y forma en que se les pagaría.
Esta sentencia es un paso obligado en el proceso de liquidación de cualquier empresa, donde la autoridad judicial interviene para validar a las personas físicas y morales que tengan derecho a reclamar algún pago, el cual se les liquidará según la disponibilidad de recursos.