Ciudad de México. Por resolución del Tercer Tribunal Unitario en Materia Penal, con sede en la Ciudad de México, la investigación conocida como la Casa Blanca, que involucró al expresidente Enrique Peña Nieto, su esposa Angélica Rivera y a la empresa Higa, concluyó sancionando a lo ex funcionarios identificados como responsables de la desaparición del expediente en el que constarían las pruebas de los actos ilícitos, con un castigo en el cual los indiciados únicamente deberán realizar acciones de servicio social y ofrecer una disculpa pública por no haber resguardado la documentación original y dejado en su lugar una copia de la versión pública con todos los datos importantes testados (tachados o borrados).
Los representantes de la Secretaría de la Función Pública (SFP) y de la Fiscalía General de la República (FGR) se opusieron a esa conclusión. Argumentaron que se debía sancionar con pena de prisión a los indiciados, porque “el agravio causado lo resintió directamente la SFP, y la sociedad en general por el tipo de asunto materia de investigación, pues el expediente extraviado es de trascendencia nacional”.
Sin embargo, la magistrada Isabel Cristina Porras Odriozola, determinó conceder a los imputados lo que se denomina un mecanismo alterno de solución y una suspensión condicional del proceso penal.
La resolución del tribunal fue emitida en septiembre de 2021. El pasado jueves 26 de mayo un juez de control, con sede en el Reclusorio Norte, cumplió la sentencia dictada por la magistrada Porras Ordriozola.
La impartidora de justicia concedió los beneficios de la suspensión condicional dentro de la resolución emitida en la Toca Penal 206/2021-NS —de la cual La Jornada tiene copia—, a José Gabriel Carreño Camacho, ex subsecretario de Responsabilidades Administrativas y Contrataciones Públicas; a Jesús Antonio Suárez, ex director general de Denuncias e Investigaciones y a Daniel Pérez Rueda, ex director General Adjunto de Investigaciones B, todos de la SFP, que tuvieron bajo su responsabilidad el resguardo del expediente original de la investigación realizada por esa dependencia en 2015.
De acuerdo con los antecedentes del caso, en diciembre de 2018 por decisión del presidente Andrés Manuel López Obrador, la entonces titular de la SFP, Irma Eréndira Sandoval, se fijó como objetivo acreditar la corrupción del sexenio de Peña Nieto y solicitó el expediente del escándalo conocido como La Casa Blanca, ya que la dependencia exoneró administrativamente al ex mandatario y a su esposa, pero la SFP no había presentado la correspondiente denuncia penal.
Información desahogada durante las audiencias iniciales de la causa penal 56 / 2021 , construida con las investigaciones realizadas por la Fiscalía Especializada en materia de Combate a la Corrupción ( FEMCC ), que dirige María de la Luz Mijangos Borja , se detectó que el expediente original había desaparecido y en su lugar había una versión pública de la resolución , sin anexos , ni los contratos que presuntamente firmó Angélica Rivera con Televisa , ni las pruebas que acreditaran los ingresos para adquirir la llamada Casa Blanca , ni el dictamen contable que supuestamente se elaboró durante la gestión de Peña Nieto .
En mayo de 2019 la SPF presentó una denuncia ante la FEMCC en contra de quien resultara responsable de la desaparición de dicho expediente.
Por esa razón la FEMCC no pudo investigar el fondo del caso, es decir los actos de corrupción relacionados con la Casa Blanca.
Los tres ex funcionarios de la SFP fueron llevados a juicio, debido a la laxitud de la ley para sancionar el delito de ejercicio indebido del servicio público y que la condena de cárcel no superaba los cinco años como media aritmética. El juez de control —que inicialmente se había negado a otorgar los beneficios de la suspensión condicional del proceso—, decidió con base en la resolución del tribunal unitario, que los acusados solo realizarán actividades de servicio social y ofrecerán una disculpa pública por haber desaparecido el expediente original del caso y dejar en la bóveda de seguridad de la ASF una copia testada de la versión pública de la investigación realizada.
En noviembre de 2014, el ahora presidente de la República, Andrés Manuel López Obrador, señaló durante una gira proselitista por Tabasco: “Todavía busco al tonto que crea” que el empresario Juan Armando Hinojosa Cantú vendió al entonces mandatario Peña Nieto la residencia de Lomas de Chapultepec, valuada en 85 millones de pesos.
Durante los mandatos de Peña Nieto, como gobernador del estado de México y como presidente de la República, hubo señalamientos de que incurrió en diversas irregularidades para la asignación de obras al empresario Juan Armando Hinojosa Cantú, como la ampliación del Aeropuerto Internacional de la Ciudad de México y las obras para el Tren México-Querétaro, el Acueducto Monterrey IV, Autopista Toluca-Naucalpan y la remodelación del Hangar Presidencial.
Datos relevantes
De acuerdo con la denuncia presentada por la ASF y que se desahogó durante las audiencias de la causa penal 56/2021 instruida en contra de José Gabriel Carreño Camacho, Jesús Antonio Suárez y Daniel Pérez Rueda, la indagatoria debía centrarse en los siguientes hechos:
El 29 de septiembre de 2017, Daniel Pérez Rueda ingresó a la bóveda de seguridad de la ASF cuatro cajas cerradas y selladas que referían contener cinco expedientes de investigación substanciados y concluidos por la Dirección General de Denuncias e Investigaciones para su resguardo y conservación. En la relación de expedientes iba el de la Casa Blanca, supuestamente.
El 9 de noviembre de 2018 se una elaboró constancia de hechos, en la que se asentó que José Gabriel Carreño Camacho, en compañía de Alfonso de Guadalupe Ramírez Castillero, Jefe de Departamento de Recursos Financieros, devolvieron de forma económica dos cajas identificadas como caja 2 y caja 3, las cuales referían al expediente DGDI/DGAI-B/DIE/SER/052/2016, que era como se identificó al expediente de la Casa Blanca.
El 29 de noviembre de 2018 en la SFP se elaboró una constancia de hechos, en la que se asentó que Daniel Pérez Rueda, a las 17:40 horas aproximadamente, junto con José Gabriel Carreño Camacho y Alfonso de Guadalupe Ramírez Castillero, devolvieron de forma económica dos cajas identificadas como caja 1 y caja 4, las cuales referían a los expedientes DGDI/097/2014, DGDI/020/2015, DGDI/DGAI-B/DI-D/CFE/108/2016 y DGDI/DGAI-B/DI-D/SEDATU/110/2016. Haciéndose constar que en relación al expediente DGDI/097/2014 -expediente de la Casa Blanca-, no se trataba del original, sino de una copia certificada de una versión pública.
Según las indagatorias nunca se constató de manera formal y documental que en las cajas estuviera el expediente original de la investigación administrativa relacionada con la Casa Blanca y los contratos con la empresa Higa.
De acuerdo con versiones obtenidas de funcionarios federales, la bóveda de la Función Pública no es para guardar expedientes sino para resguardar las declaraciones patrimoniales relevantes.
El 29 de noviembre de 2018, dos días antes del cambio de gobierno, los funcionarios informaron a quienes ocuparían la titularidad de diversas instancias en la ASF que no estaba el expediente original.
La FEMCC investigó y el 9 de marzo de 2021, un juez de control con sede en el Reclusorio Norte vinculó a proceso a José Gabriel Carreño Camacho, Daniel Pérez Rueda y Jesús Suárez Hernández por el delito de Ejercicio Ilícito de Servicio Público.
El pasado 26 de mayo, se celebró audiencia de suspensión condicional a proceso, con lo cual terminó este caso. Se le impuso a Gabriel Carreño y coacusados residir en un domicilio fijo, prestar servicios sociales y una disculpa pública en una audiencia que se celebrará dentro de seis meses.