Mexicali, BC. El Congreso de Baja California incrementó las sanciones contra quien cometa el delito de robo en contra de personas menores de edad.
Con la reforma del artículo 208 del Código Penal para el Estado de Baja California se sanciona con mayor severidad al autor del ilícito de robo en perjuicio de personas con capacidades diferentes, menores de edad y adultos mayores.
La penalidad de dos a siete años por robo calificado, similar al robo con violencia, es cuando se cometa en contra de persona con discapacidad, menores de edad o de más de sesenta años, enfatiza la modificación legal.
El dictamen ocho de la Comisión de Justicia del Poder Legislativo local, presentado por la diputada morenista Araceli Geraldo Núñez, se aprobó por mayoría en el pleno del Congreso local.
La legisladora inicialista de la reforma ponderó la importancia de brindar certeza jurídica y proteger con amplitud jurídica en materia penal sin importar el monto o valor de lo robado en perjuicio de la víctima menor de edad.
La diputada Geraldo Núñez advirtió que al ser el robo es uno de los delitos más frecuentes en la incidencia delictiva de Baja California y ocupar la mayor concentración de actividad ministerial y judicial, se justifica aplicar mayor severidad en la sanción cuando se trate de sectores vulnerables.
"Las niñas, niños y adolescentes, por su condición de minoría de edad, son más vulnerables frente al hecho ilícito y deben protegerse de manera especial o reforzada", explicó en los argumentos de la iniciativa.
El dictamen de la Comisión de Justicia advirtió la procedencia de la modificación tiene soporte en los artículos 4, 14, 20, 22, 39, 40, 43 y 116 de la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos y relación directa con los artículos 4, 5, 11 y 13 de la Constitución Política del Estado.