La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) analizará la constitucionalidad del Banco de ADN para uso forense de la Ciudad de México, creado para facilitar la identificación de agresores sexuales. El máximo tribunal aprobó atraer el amparo promovido por las asociaciones civiles Reinserta y Red en Defensa de los Derechos Digitales, quienes argumentan que este registro viola la presunción de inocencia y el derecho a la privacidad.
Se trata del amparo en revisión 39/2022, que originalmente se presentó ante el segundo juzgado de distrito en materia penal de la Ciudad de México, donde fue sobreseído por falta de interés legítimo, es decir, que el juez consideró que las asociaciones quejosas no podían comprobar que la creación del banco les causara ningún daño real.
Los promoventes señalan que estas acciones del gobierno capitalino “violan los derechos de protección de datos, presunción de inocencia, debido proceso, intimidad o privacidad, en virtud de su especial situación frente al orden jurídico”.
Con estos argumentos, consiguieron que el segundo tribunal colegiado en materia penal revisara el caso y señalara que sí tienen interés legítimo para promover este amparo, pero también determinó que era necesario que la SCJN fuera la encargada de resolverlo, debido a lo novedoso del tema y a que no existen jurisprudencias sobre las cuales basar un fallo.
El caso fue asignado por turno a la ministra Ana Margarita Ríos Farjat, quien recabará la información necesaria sobre el caso y en los próximos meses presentará un proyecto de sentencia para ser votado por sus compañeros de la primera sala de la SCJN.