Lima. El Poder Judicial de Perú rechazó ayer un recurso de habeas corpus presentado por la defensa del presidente Pedro Castillo que pedía que se anule la acusación constitucional en su contra hecha por el Congreso por el presunto delito de traición a la patria.
El 28 de febrero, la Subcomisión de Acusaciones Constitucionales declaró procedente la denuncia interpuesta por parlamentarios opositores contra el jefe de Estado.
En esta denuncia se acusa a Castillo de haber cometido traición a la patria por unas declaraciones dadas a la cadena de noticias CNN en Español, en las que afirmó que estaba en disposición de dar una salida al mar a Bolivia.
La vicepresidenta Dina Boluarte comentó que la crisis política y social por la que atraviesa el país se debe a confrontaciones innecesarias del Congreso contra el Ejecutivo.
Perú atraviesa una grave crisis política que ha llevado a dos intentos del Legislativo por destituir al jefe del Ejecutivo, que asumió el cargo desde julio de 2021.
Asimismo, el descontento ciudadano con ambos poderes es alto, lo que se vio reflejado en protestas y manifestaciones la semana pasada.
La vicepresidenta exhortó al Congreso a dar prioridad a cerca de 25 proyectos de ley enviados por el Ejecutivo y que aún no se agendan pues, afirmó, la “única causa del Legislativo es la vacancia (destitución) del presidente.
En tanto, la congresista de Avanza País, Patricia Chirinos, presentó una nueva denuncia constitucional contra Castillo, por “infringir” varios artículos de la Constitución al declarar el estado de emergencia debido a las protestas de los transportistas la semana pasada.
Chirinos pidió que se sancione al mandatario con la destitución e inhabilitación para ejercer cargos públicos por 10 años.
El pasado 5 de abril, Castillo declaró el estado de emergencia y el toque de queda en Lima y Callao. Un día después, procedió a su derogación después de las protestas.
No obstante, el pasado jueves ordenó el estado de emergencia en la red de carreteras por 30 días y la limitación del libre tránsito, así como la prohibición de reunión.