En el país, 26 estados consideran en su legislación el matrimonio como la unión entre dos personas, sin importar su preferencia sexual; en tanto, en otras seis entidades, para que las parejas del mismo sexo pueden casarse, tienen que obtener primero un amparo. Así se destaca en “La regulación del matrimonio civil entre personas del mismo sexo en México”, investigación del Instituto Belisario Domínguez (IBD) del Senado de la República.
En ese estudio también se menciona que 33 países ya reconocen el matrimonio entre personas del mismo sexo y pueden incluso adoptar. Se detalla, por ejemplo, que Argentina fue el primer país de la región de América Latina en reconocer legalmente el derecho de las personas del mismo sexo a contraer matrimonio.
Posteriormente se sumaron Uruguay (2012), Brasil (2013), Colombia (2016), Ecuador (2019), Costa Rica (2020) y Chile (2021), señala la autora de ese análisis, la investigadora Irma Kanter Coronel, quien refiere que en México, en una decisión histórica que marcó un parteaguas en todo el territorio nacional, la Asamblea Legislativa del Distrito Federal (hoy Ciudad de México) reconoció el matrimonio entre personas del mismo sexo el 9 de noviembre de 2006, el cual definió como la “unión libre entre dos personas” al aprobar la Ley de Sociedad de Convivencia en el Distrito Federal.
En el estudio se puntualiza que en 19 entidades ha sido posible el reconocimiento explícito del matrimonio igualitario por las reformas legislativas, sustentadas en sentencias de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) que han ratificado el derecho de las personas del mismo sexo a contraer matrimonio y tener la posibilidad de adoptar.
La investigadora señala que la capital del país fue pionera en el reconocimiento de este derecho, primero en 1998 con la aprobación de la Ley de Sociedad de Convivencia del entonces Distrito Federal y en 2009 al aprobar reformas al Código Civil para reconocer el matrimonio entre personas del mismo sexo, al definirlo como la “unión libre entre dos personas”. Y agrega que los seis estados donde es necesario que las parejas del mismo sexo obtengan un amparo judicial para poder casarse son Durango, Guerrero, estado de México, Tabasco, Tamaulipas y Veracruz .
El análisis concluye que no puede prevalecer en el país un amplio abanico de derechos para algunas entidades federativas, mientras en otros estados se siguen imponiendo restricciones al reconocimiento o ejercicio de derechos por razón de la orientación sexual.