La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó la decisión de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) para autorizar la colaboración entre empresas del sector, al determinar que es una facultad compartida con la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece).
La Cofece alegó que la CRE había invadido sus facultades legales al querer calificar si la alianza de estas empresas rompía con las reglas de libre competencia en el mercado energético.
El fallo, aprobado por unanimidad en primera sala, señala que el artículo 83 de la Ley de Hidrocarburos ordena que en este sector la asociación de empresas se autorice por la Cofece, en coordinación con la CRE, por lo que ninguna de ellas puede tomar determinaciones por sí sola.
El caso Trafigura
NGL Equipments y Servicios Integrales de Almacenamiento y Distribución, filiales de Trafigura, la segunda comercializadora de combustibles a nivel mundial, buscaban integrarse con TP Terminals, operadora de terminales marítimas de almacenamiento de hidrocarburos.
En septiembre del 2021, la CRE suspendió los permisos de importación de Trafigura, luego de que se le vinculó a posible robo de combustible, según afirmó el presidente Andrés Manuel López Obrador durante una conferencia matutina: “de estas empresas famosas extranjeras se encontró que estaban transportando combustible de contrabando y se suspendió el permiso de importación a Trafigura. Ya no hay impunidad para nadie.”
Sin embargo, la firma reanudó operaciones este año.