La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad de partidos de oposición contra el decreto que permitía a servidores públicos llamar a participar en la consulta de revocación de mandato, aunque aún no determina si les concederá la suspensión del acto reclamado.
El máximo tribunal también rechazó la petición de la Cámara de Diputados para dar atención prioritaria a la controversia que interpuso contra el acuerdo emitido el año pasado por el Instituto Nacional Electoral (INE) que pretendía posponer temporalmente el proceso de revocación de mandato.
En el primer asunto, el máximo tribunal admitió a trámite la acción de inconstitucionalidad 46/2022 promovida la semana pasada por los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y de la Revolución Democrática, contra el Decreto por el que se Interpreta el Alcance del Concepto de Propaganda Gubernamental, el cual permitía a los funcionarios hablar en público sobre la consulta de revocación de mandato.
Aunque el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ya dejó sin efectos este acuerdo, los partidos de oposición también pidieron a la SCJN que suspenda su aplicación hasta que se defina si es o no constitucional. Sin embargo, el máximo tribunal aún no decide si les otorgará la medida cautelar.
En el segundo tema, en sesión privada, el pleno de ministros desechó la solicitud de atención prioritaria 1/2022, con la cual la Cámara de Diputados buscaba que se abreviara la resolución de su controversia constitucional 224/2021, en que impugnó el acuerdo INE/CG1796/2021 del Consejo General del órgano electoral.
Los ministros señalaron que el INE ya dio marcha atrás en su pretensión de posponer la revocación de mandato debido a la falta de presupuesto, y consideró que no hay urgencia de resolver este asunto, pues la consulta sí se celebrará el 10 de abril.
Recurso de revisión
Cabe señalar que el ministro instructor de este asunto, Juan Luis González Alcántara Carrancá, admitió en diciembre pasado la controversia de la Cámara de Diputados y les otorgó la suspensión, ordenando al INE que continuara con la organización y desarrollo de la consulta de revocación, en la medida de su presupuesto.
La Cámara de Diputados interpuso un recurso de revisión referente a esta medida, denunciado que el INE, argumentando falta de presupuesto, recortó el número de casillas para la consulta, conculcando con ello los derechos democráticos de la ciudadanía. Esta queja aún está en estudio por la SCJN.