La creciente injerencia y sofisticación en el uso de las redes sociales y plataformas digitales obliga a revisar formas de regular su incidencia en procesos electorales para evitar afectaciones en los sistemas democráticos, sostiene el magistrado Luis Espíndola, de la Sala Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación. Incluso, a partir de las experiencias internacionales donde han sido decisivas en modificar tendencias, debería analizarse una posible causa de nulidad.
En entrevista con La Jornada, el magistrado también repasa los desafíos que han representado las inéditas experiencias de consulta popular y revocación de mandato advirtiendo que, a la luz de las primeras experiencias en ambos ejercicios, se requiere la revisión del marco legal para perfeccionar algunos aspectos: falta de catálogo de sanciones, la imposibilidad de que el presidente al que se le pretende revocar el mandato pueda aludir el tema o la incidencia de las redes sociales.
Integrante de la Sala Especializada, responsable de resolver en primera instancia quejas sobre los excesos de los servidores públicos en contravención al artículo 134 constitucional, la guerra sucia, el lenguaje de odio en las campañas, Espíndola reconoce que a más de 12 años, aún prevalece el vacío legal porque no hay ley secundaria que regule el 134, lo cual se ha hecho a partir de criterios del TEPJF y que la ausencia de regulaciones en cuanto a plataformas digitales representa un reto para el sistema electoral.
Si bien es cierto, tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación como el TEPJF han definido criterios para acotar estos espacios en redes sociales, reconoce que es un ámbito que contiene múltiples desafíos: la difusión de noticias falsas, el uso indiscriminado de bots, la difusión de lenguaje de odio o violencia de género e, incluso, el abuso en el uso de la información de los usuarios, como ocurrió con el caso de Cambridge Analytica en Estados Unidos.
Y aunque resalta que empresas como Twitter, Facebook o incluso Netflix tienen sus propias políticas para regular excesos, lo que habla de buenas prácticas empresariales, Espíndola se cuestiona si realmente se pretende que sean las compañías privadas las que tengan los controles del uso de las redes sociales. ¿Hasta qué punto se va a permitir que su incidencia se rija por la regulación privada? Es preciso que sean las instituciones las que regulen la incidencia, indica.
“Recordemos que ejemplos como el Brexit, o en 2016 la elección de Trump con la participación activa, probada, de Cambridge Analytica con perfilamiento de algunos grupos identificados para su manipulación, que de alguna manera tuvo que ver con la incidencia en los resultados. O la elección de Bolsonaro en Brasil o el no a la paz en Colombia, son ejemplos a los que hay que volver y repensar en una causal de nulidad de la elección relacionada con este tipo de acciones; es importante focalizar este tipo de acciones con una consecuencia legal. Hay que focalizar el debate o sólo respecto de las sanciones, la regulación de plataformas digitales.”
–¿El dinamismo de estas plataformas se ha convertido en uno de los principales desafíos de las democracias?
–Es uno de los principales desafíos de los sistemas democráticos. Es importantísimo no perderlo de vista porque las estrategias de comunicación digital pueden tener consigo un involucramiento muy importante en la modificación de la percepción pública, y en la manipulación de la realidad política o electoral, y es manipulación a través de información falsa, errónea, tendiente a manipular a las personas.