En representación de la Cámara de Diputados, el presidente de la mesa directiva, Sergio Gutiérrez Luna, presentó ayer una controversia constitucional ante la Suprema Corte de Justicia contra el acuerdo de la Comisión de Quejas del Instituto Nacional Electoral (INE) del pasado 18 de febrero.
En ese resolutivo se ordenó al presidente Andrés Manuel López Obrador retirar las publicaciones en Internet relacionadas con su gira por Sonora del 12 de febrero y abstenerse de emitir comentarios, opiniones o señalamientos relacionados con logros de gobierno y actividades que puedan considerarse propaganda gubernamental en el periodo comprendido entre el 4 de febrero y el 10 de abril.
El documento, entregado al mediodía de ayer en la Corte, refiere que el fallo de la Comisión de Quejas violenta los artículos 14, 16, 35 y 133 de la Constitución, porque invade la competencia de la Cámara de Diputados para legislar en materia de revocación de mandato.
Explica que el INE pretende establecer medidas cautelares contra actos futuros de realización incierta tomando como sustento normativo el Reglamento de Quejas y Denuncias, el cual no dispone dicha regulación en relación con el procedimiento de revocación de mandato.
Gutiérrez Luna indicó que el acuerdo del instituto interpreta el concepto de propaganda gubernamental en el proceso de revocación de mandato e impone medidas cautelares en vía de tutela preventiva que no tienen sustento en la ley.
Puntualizó además que se viola la sentencia de la Corte en la que determinó que el único ordenamiento sancionatorio para el proceso de revocación de mandato es la Ley General de Instituciones y Procedimientos Electorales y no un reglamento, “como indebidamente lo ha venido haciendo” el órgano electoral.
Además, Gutiérrez Luna señaló que la determinación del INE vulnera la libertad de expresión y el acceso a la información.
El presidente de la Cámara de Diputados informó que presentó la controversia en ejercicio de las facultades de representación legal que le otorga la Ley Orgánica del Congreso General y el Reglamento de la propia cámara.