La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) invalidó el delito de “ultrajes a la autoridad” del Código Penal de Veracruz, que castigaba con cárcel cualquier amenaza o insulto a funcionarios de esa entidad. Los ministros coincidieron en que este tipo penal era impreciso y podía utilizarse para limitar la libertad de expresión.
El pleno de la SCJN votó invalidar tres de las cuatro fracciones del artículo 331 de dicho ordenamiento. El ministro ponente, Mario Pardo Rebolledo, señaló: “Sin duda se trata de una limitante a la libertad de expresión, pues penaliza la expresión de los ciudadanos frente a las autoridades. La descripción típica es susceptible de que, con cualquier formulación verbal, escrita o incluso cibernética, se cause molestia o incomodidad a cualquier servidor público”.
A su vez, la ministra Margarita Ríos Farjat consideró: “En una sociedad donde priva la libertad de expresión, no puede quedar al gran margen de apreciación de la autoridad cuándo una conducta es ofensiva, injuriosa, amenazante o agresiva, como dice el artículo”.
También invalidan las sanciones por halconeo
También se declaró por unanimidad que es inconstitucional la fracción 2 del artículo 371 del mismo código, que castigaba hasta con 15 años de prisión a quien vigile o comunique cualquier información sobre las acciones de las policías estatal o municipales.
Los ministros indicaron que si bien este tipo penal pretende castigar la actividad conocida como halconeo, con la cual el crimen organizado vigila a fuerzas de seguridad, la tipificación de la conducta es imprecisa y puede inhibir las actividades de periodistas.
De los artículos del Código Penal veracruzano impugnados, sólo prevalece el 371 quinquies, pues la SCJN no alcanzó mayoría calificada para invalidarlo. Este apartado impone penas hasta de 15 años de cárcel a quien “amenace o agreda a un integrante o elemento de alguna institución de Seguridad Pública municipal o estatal en el momento de ejercer sus funciones o con motivo de ellas, de tal manera que, en razón del arma empleada, de la fuerza o destreza del agresor, pueda producirle como resultado lesiones o muerte”.
Este martes, la SCJN determinará los efectos de su decisión, que podrían incluir ordenar al gobierno de Veracruz que libere de inmediato a todas las personas sujetas a proceso o sentenciadas por “ultraje a la autoridad”. Informes de la fiscalía estatal presentados al Congreso de Veracruz señalan que mil 33 personas fueron detenidas por este crimen hasta enero pasado.
En tanto, el coordinador del partido Morena en el Senado de la República, Ricardo Monreal Ávila, consideró “justa y correcta”, la resolución de la SCJN. Afirmó que ahora se debe “luchar para que sean liberadas todas las personas que están privadas de su libertad por este ominoso ilícito”.
El también presidente de la Junta de Coordinación Política expuso que la resolución tendrá efectos retroactivos al 12 de marzo de 2021, cuando el instrumento jurídico entró en vigor.
Cuitláhuac García Jiménez, gobernador de Veracruz, anunció que enviará una nueva iniciativa al Congreso local para crear un nuevo tipo penal que sustituya al de ultrajes a la autoridad, “para que se dicte prisión preventiva oficiosa a quien agreda con armas. Vamos a hacerlo más textual. En definitiva no puede ser ultrajes a la autoridad, pero puede ser agresión violenta. Eso lo vamos a definir con nuestro equipo jurídico”.
García Jiménez dijo que su administración insiste en tener un tipo penal que sancione las agresiones a la autoridad, con la finalidad de “reducir los altos índices de violencia en el estado. Al operar con el doble de policías y tener más presencia en territorio, había que darles una garantía de protección”.
El Ejecutivo interpretó la declaración de inconstitucionalidad como una “corrección a la plana” no a su gobierno, sino a diputados de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano integrantes del Congreso de Veracruz que en 2003 tipificaron el delito de ultrajes a la autoridad.
En tanto, la Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) lamentó que Cuitláhuac García rechazara la recomendación 51VG/2022, emitida en favor de una joven que fue víctima de tortura y agresión sexual por parte de policías ministeriales adscritos a la fiscalía veracruzana, y de la indolencia del personal del penal de Pacho Viejo. El organismo censuró “la postura y declaraciones estigmatizantes y sin perspectiva de género de las autoridades de Veracruz”.
La defensoría recordó que la recomendación se emitió en respuesta a una queja promovida por la madre de July Raquel Flores Garfias, detenida en la Ciudad de México el 6 de noviembre de 2020, presuntamente vinculada al homicidio de María Guadalupe Martínez Aguilar, rectora de la Universidad Valladolid en Xalapa.
Expuso que July Raquel “fue víctima de tortura sexual por parte de elementos de la policía ministerial” de Veracruz, y fue obligada a responder que estaba bien al llegar a la entidad.
El gobernador insistió en rechazar la recomendación 51VG/2022, y solicitó a la quejosa, así como a la CNDH, que inicien procesos judiciales si dudan de la actuación de los agentes ministeriales y de funcionarios de la Secretaría de Seguridad Pública estatal.