El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) confirmó la decisión de la Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) de instruir medidas cautelares al Ejecutivo federal por difusión ilegal de propaganda en veda electoral.
Por ello, ordenó a la Presidencia de la República retirar las publicaciones en sus redes sociales de los eventos realizados por Andrés Manuel López Obrador el 12 y 13 de febrero en Sonora, por tratarse de difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido.
En sesión privada, los magistrados también consideraron que la Fiscalía Especializada en Delitos Electorales (Fisel), dependiente de la Fiscalía General de la República, ha incumplido la sentencia que le ordenaba entregar al instituto las carpetas de investigación relacionadas con los casos de la presunta entrega irregular de dinero a Pío López Obrador y sobre el ex gobernador de Chihuahua Javier Duarte. Por ello, emplazó a la Fisel a entregar la información “a la brevedad”.
Por otro lado, los magistrados también ordenaron a la jefa de Gobierno capitalino y a los gobernadores de Morena retirar el desplegado que firmaron en apoyo de López Obrador en días pasados. Al confirmar la resolución del INE, consideraron que el contenido de dicho documento puede equipararse a propaganda gubernamental y, por tanto, viola la restricción legal impuesta por la veda electoral.
Ante el recurso de la Presidencia contra la decisión del INE, los magistrados revisaron las medidas cautelares que aprobó la comisión y confirmaron que, como ésta valoró, en esos actos “el Ejecutivo federal destacó beneficios para los habitantes de ciertas zonas, por lo que sí se consideró propaganda gubernamental. Por tanto, al haberlos difundido durante el proceso para la revocación de mandato, periodo que prohíbe dichas acciones, se estimó que se hizo de forma indebida”.
Así, de manera unánime avalaron el proyecto del magistrado Indalfer Infante, que señala que el Poder Ejecutivo estaba difundiendo indebidamente propaganda gubernamental en periodo prohibido. Por tal razón, el TEPJF confirmó la procedencia de las medidas cautelares y la orden de eliminar las publicaciones denunciadas, relativas a los actos de gobierno realizados por el Presidente.
En esa misma sesión privada, Ios magistrados revisaron un escrito del INE en el que cuestionaba el retraso de la fisel en la entrega de la información sobre los casos mencionados, como le ordenó el TEPJF.
El pasado 22 de diciembre, ante un recurso promovido por el INE ante el TEPJF relativo a la negativa de la FGR a entregar esta información, argumentando el secreto ministerial, la sala superior del tribunal ordenó a la FEDE entregar al instituto la documentación relacionada con diversas carpetas de investigación a su cargo, ya que dicha información es necesaria para que el INE lleve a cabo procesos de fiscalización de los gastos de los partidos políticos. A pesar de la sentencia, la FGR mantuvo la renuencia a entregar la documentación por lo que el INE presentó un nuevo escrito ante el tribunal.