El caso de cuatro sentenciados por secuestro expuesto en el documental Duda razonable, de Netflix, fue atraído para ser resuelto por el pleno de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).
Se trata de los amparos promovidos por Héctor Muñoz Muñoz, Juan Luis López García, Gonzalo García Hernández y Darwin Morales Ortiz, condenados a 50 años de prisión en un proceso en el que se denunciaron diversas irregularidades (incluyendo tortura) cometidas por policías, fiscales y juzgadores de Tabasco.
“Informo a la opinión pública que este tribunal decidió atraer los asuntos relacionados con el documental Duda razonable, el cual será resuelto por este pleno”, señaló el ministro presidente, Arturo Zaldívar, al iniciar la sesión de la SCJN.
El 30 de abril pasado, el presidente Andrés Manuel López Obrador comentó en respuesta a pregunta expresa que analizaba el caso, pues la gobernadora de Campeche, Layda Sansores, se lo había dado a conocer.
“Ella me pidió que interviniéramos porque se considera una injusticia. Propongo que pueda Adán Augusto (López Hernández, secretario de Gobernación) dar respuesta, representarme contestando esta pregunta, buscando que haya justicia, porque se puede reponer el procedimiento, hay formas”, expuso el primer mandatario.
En esa ocasión, López Hernández informó que se hizo la petición para que la SCJN atrajera el caso, y que se apoyarán las investigaciones, aún en proceso, en contra de ex funcionarios de la Fiscalía Estatal de Justicia de Tabasco que, según las denuncias, se coludieron en 2012 y 2018 para encarcelar a los sentenciados mediante acusaciones falsas.
El documental del cineasta Roberto Hernández relata el caso de un secuestro por el cual la policía de Macuspana detuvo a cuatro personas que no tuvieron relación con los hechos, a quienes la fiscalía fabricó una carpeta de investigación que fue aceptada sin cuestionamientos por el juez de la causa.
La SCJN decidió atraer el caso para determinar la posible “violación de los principios de vulneración al principio de presunción de inocencia y al derecho fundamental a una defensa adecuada”.