Ciudad de México. El PRI en la Cámara de Diputados presentó una iniciativa para garantizar la dignidad humana póstuma y esta pueda ser reclamada por sus deudos: cónyuge, hijos, padres o familiar inmediato.
De esta manera, quien difunda contenido gráfico explícito de personas sin vida, sin el consentimiento expreso de sus deudos, será castigado hasta con 17 años de prisión.
La propuesta fue presentada por el coordinador de los diputados federales priístas, Rubén Moreira, y su correligionaria Lorena Piñón. Plantea que en el momento en que un ser humano haya perdido la vida de manera natural, accidental o por la comisión de un presunto hecho delictivo, debe tener garantizada legalmente la dignidad humana póstuma.
Al explicar la iniciativa, Piñón puntualizó que modifica los artículos 22 del Código Civil Federal; 4 y 5 de la Ley General de Víctimas y el 462 de la Ley General de Salud, para que haya derechos y obligaciones en el tratamiento de los cadáveres y componentes histopatológicos.
Resaltó que esta propuesta beneficia a los dolientes por el trato respetuoso y considerado que se le debe dar al cadáver.
En el marco de la crisis sanitaria mundial, el documento recuerda que la Comisión Interamericana de Derechos Humanos (CIDH) exhortó a los países a respetar y garantizar los derechos de familiares de las personas fallecidas por la pandemia, con sus ritos mortuorios de manera adecuada a las circunstancias y, con ello, contribuir a la preservación de su memoria y homenaje.
Por su lado, la diputada morenista Dulce María Silva presentó una iniciativa de reforma a la Ley General para Prevenir, Sancionar y Erradicar los Delitos en Materia de Trata de Personas y para la Protección y Asistencia a Víctimas de estos Delitos, para aumentar las penas contra quien almacene, posea, vea, adquiera o arriende para sí o para un tercero, pornografía infantil.
Desde su expedición en 2012, expuso que este ordenamiento no ha tenido ninguna reforma significativa, pese a que el delito de trata ha aumentado y se ha sofisticado en su modalidad de pornografía infantil, debido al creciente uso de nuevas tecnologías.
El documento propone imponer una pena de 10 a 25 años de prisión y de 2 mil a 30 mil días de multa al que almacene, posea, vea, adquiera o arriende para sí o para un tercero, pornografía infantil, sin fines de comercialización o distribución. Así como para quien por cualquier medio reciba dicho material y no denuncie el hecho ante las autoridades.
Actualmente la sanción es de 5 a 15 años de prisión y de mil a 20 mil días de multa.