Una encuesta en la que se promueve una acción gubernamental del alcalde de Cuajimalpa, el priísta Adrián Rubalcava Suárez, ha comenzado a realizarse vía telefónica en plena veda electoral.
En el sondeo se escucha la voz de una mujer que pregunta: “¿Sabía usted que Adrián Rubalcava logró que Cuajimalpa sea la alcaldía con el índice delictivo más bajo de la Ciudad de México?”, por lo que la gente sólo debe contestar sí o no.
Con duración de aproximadamente minuto y medio, se piden datos personales como género, edad y nivel educativo y socioeconómico.
Por la consulta de revocación de mandato, las autoridades federales decretaron una veda electoral que comenzó el pasado 4 de febrero y estará vigente hasta el 10 de abril, cuando se realice el ejercicio de participación ciudadana.
Durante este periodo los funcionarios de todos los niveles no pueden realizar acciones de propaganda gubernamental a fin de no incidir en la decisión de la gente.
Al momento las páginas oficiales de la administración pública central, incluso de las alcaldías, entre ellas Cuajimalpa, han colocado avisos para aclarar que sus páginas de Internet tienen fines exclusivamente informativos.
El artículo 35 de la Constitución ordena que durante el proceso de revocación de mandato, desde la convocatoria hasta su conclusión, deberá suspenderse la difusión en medios de comunicación de toda propaganda gubernamental de cualquier orden de gobierno.
Indica que los poderes públicos, órganos autónomos, dependencias, entidades de la administración pública y cualquier otro ente de los tres órganos de gobierno sólo podrán difundir las campañas de información relativas a los servicios educativos, de salud y en materia de protección civil.
Por otra parte, la ley de revocación de mandato especifica que ninguna persona física o moral, sea a título propio o por cuenta de terceros, podrá contratar propaganda en radio y televisión dirigida a influir en la opinión de la gente; en caso contrario, ordenará la cancelación e iniciará el proceso de sanción correspondiente.
El ordenamiento faculta al Instituto Nacional Electoral a realizar una supervisión de los medios de comunicación, prensa y electrónicos con la finalidad de garantizar la equidad en los espacios informativos, de opinión pública y/o difusión asignados a la discusión de la revocación de mandato.