Los gobiernos estatales sí pueden emitir leyes para hacer obligatorio el uso de cubrebocas durante emergencias sanitarias como la pandemia de covid-19, resolvió la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) al avalar las reformas a la Ley Estatal de Salud de Nuevo León, promulgadas el 10 de febrero del año pasado.
La mayoría de los ministros consideró que la salubridad general es una materia concurrente, es decir, que tanto los gobiernos estatales como el federal tienen facultades para legislar sobre ella, aunque las normas emitidas por este último deben prevalecer.
Durante el debate se comentó que en los acuerdos emitidos por las autoridades sanitarias federales durante la pandemia no hay ninguno que obligue al uso del cubrebocas, por lo cual el Congreso de Nuevo León no tenía obstáculos para legislar sobre el tema.
El ministro presidente, Arturo Zaldívar, expresó que conforme a los principios del federalismo, las entidades tienen facultades para proteger a su población, con la única limitante de que no contradecir las disposiciones federales. “Es lógico y congruente que las entidades puedan hacer frente a circunstancias extraordinarias, aun estando sujetas a medidas del Consejo de Salubridad General y de la Secretaría de Salud”, señaló Zaldívar.
El ministro ponente, Juan Luis González Alcántara Carrancá, señaló en su proyecto que esta facultad de los estados estaría vigente sólo mientras el gobierno federal mantiene la declaratoria de emergencia sanitaria, propuesta que fue desechada.
Una mayoría de ocho ministros determinó que las facultades de los estados en esta materia vienen de la Constitución y no pueden depender de las decisiones de la Federación.
El fallo de la SCJN ocurre cuando 17 entidades del país se encuentran en semáforo de riesgo epidémico verde o amarillo y los 15 restantes en naranja.
Varios países europeos, entre ellos España, Irlanda, Noruega, Dinamarca y Reino Unido han levantado las medidas sanitarias, que incluyen el uso obligatorio de cubrebocas.