El ministro Mario Pardo Rebolledo propuso a la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) modificar el ejercicio de revocación de mandato, al eliminar la mención del concepto de ratificación del actual Presidente de la República, y rechazar los argumentos del Instituto Nacional Electoral (INE) sobre el presupuesto para esta consulta.
El proyecto de sentencia de la acción de inconstitucionalidad 151/2021, promovida por diputados de oposición, analiza el marco constitucional y advierte que “no tiene el alcance de desnaturalizar el ejercicio, ni menos de aceptar una interpretación que implique consulta para la permanencia en el cargo o ratificación de éste”.
Así, propone declarar la invalidez del artículo 19, fracción V de la Ley Federal de Revocación de Mandato, que establece: “o siga en la Presidencia de la República hasta que termine su periodo”.
Pardo señala que es preciso eliminar de este ejercicio cualquier aspecto contradictorio: “El sistema normativo, en los términos en que fue aprobado por el legislador ordinario, contiene cierto sesgo o tendencia que llevarían a interpretar el mecanismo no sólo como uno de revocación de mandato, sino también como un ejercicio o consulta sobre la permanencia en el cargo o la ratificación del mismo, aspectos que se apartan del diseño del mecanismo de revocación de mandato”.
Sobre el tema del presupuesto, el proyecto señala que la ley no indica que se deba otorgar recursos adicionales al INE.
“La Constitución federal no establece una obligación expresa para el Congreso de la Unión para regular y proveer el presupuesto que el INE requiera para llevar a cabo el proceso de revocación de mandato del Presidente de la República electo para el periodo constitucional 2018-2024.”
El tema se incluye como el número 19 de la lista de asuntos para el pleno, por lo que será votado apenas la SCJN termine de resolver las controversias promovidas por municipios de Chihuahua por el conflicto de la presa La Boquilla, lo cual podría suceder a finales de este mes.
Para ser aprobado, el proyecto de Pardo Rebolledo necesitará de una votación calificada de al menos ocho de los 11 integrantes del pleno.