El Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt) publicó en el Diario Oficial de la Federación (DOF) un acuerdo para suspender por 15 días hábiles las actividades de su Unidad de Asuntos Jurídicos derivado del incremento de contagios de Covid-19 de funcionarios adscritos a la citada área.
El documento establece que se suspende los trámites, servicios y procedimientos de la citada Unidad Jurídica, e incluso se suspenden también aquellos trámites y procedimientos que hayan iniciado con anterioridad a la entrada en vigor acuerdo.
Señala que durante la suspensión de términos los días se considerarán como inhábiles para todos los efectos legales, por lo que en ese periodo no correrán los plazos de los trámites, tanto para el Conacyt como para las partes.
“Los trámites que se reciban por cualquier medio durante el periodo de suspensión de términos se tendrán por recibidos el día hábil inmediato siguiente de terminada la suspensión referida, día en el que también se reanudarán los plazos que hayan quedado suspendidos por virtud del presente instrumento”, establece el acuerdo.
La medida implica la suspensión de la totalidad de las actividades de la Unidad Asuntos Jurídicos, y de las áreas adscritas a la misma, en lo que respecta a la defensa y representación de los intereses del consejo ante las diferentes autoridades jurisdiccionales, contencioso administrativas, administrativas y del trabajo en todos los ámbitos de su competencia.
Se informa que la Oficialía de Partes del Conacyt no podrá recibir promociones, demandas, juicios de amparo, emplazamientos, requerimientos judiciales, así como cualquier otra notificación proveniente de las autoridades jurisdiccionales, contencioso administrativas, administrativas y del trabajo en todos sus ámbitos de competencia cuya atención corresponda a la Unidad de Asuntos Jurídicos.
Agrega que la atención de los asuntos en los que ya se hubiera requerido o emplazado al Conacyt al momento de la entrada en vigor del acuerdo, y se encuentre transcurriendo algún término procesal, “se deberán proveer las acciones conducentes para el oportuno desahogo del asunto, ya sea a través de medios remotos cuando la carga de trabajo o naturaleza del asunto lo permita, o bien de forma extraordinaria mediante el establecimiento de guardias de personal.
“En este caso, las guardias deberán limitarse al personal estrictamente necesario para la atención del asunto de que se trate”. El acuerdo, que entró en vigor este jueves, tendrá una vigencia de 15 días hábiles.