Ciudad de México. La Fiscalía General de la República deberá entregar a la Unidad Técnica de Fiscalización del Instituto Nacional Electoral el expediente contenido en cuatro carpetas relacionadas con una presunta triangulación de recursos desde la empresa Odebrecht para financiar la campaña del entonces candidato Enrique peña Nieto y en la que estaría involucrado el ex director de Petróleos Mexicanos, Emilio Lozoya.
De manera unánime, los cuatro magistrados del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación presentes en la sesión pública determinaron que la FGR no puede argumentar el secreto ministerial para negarle la información al Instituto, toda vez que la solicitud de los documentos lo hace en su carácter de autoridad fiscalizadora de los partidos políticos.
La Unidad Técnica de Fiscalización del INE solicitó en abril del 2021 a la FGR información y copias respecto de diversas carpetas de investigación relacionadas con el tema denunciado por los partidos de la Revolución Democrática y Morena. La FGR le negó la información y documentación requerida, por el carácter reservado de esas carpetas, pues estimó que se encuentra obligada a salvaguardar el sigilo de las investigaciones.
Al resolver un recurso promovido por la secretaría Ejecutiva el INE contra la reiterada negativa de la FGR, los magistrados establecieron que la FGR “debe tener en cuenta que tanto la Ley General de Instituciones y Procesos Electorales, así como el Código Nacional Procesal Penal, señalan que las autoridades federales, como lo es la FGR, deben colaborar con las autoridades electorales, en esta ocasión con el INE, en el ejercicio de sus facultades constitucionales, como lo es la de fiscalización”.
Por otro lado, la Sala Superior del TEPJF confirmó que Coparmex-Jalisco violó las reglas que rigen a los observadores electorales al emitir mensajes críticos hacia las políticas del gobierno federal en materia sanitaria durante las pasadas elecciones.. En consideración de la mayoría de los magistrados estos posicionamientos van más allá de la libertad de expresión pues cuando se efectuaron estaba en proceso su petición de desempeñarse como observador electoral.
Al mismo tiempo, los magistrados confirmaron parcialmente la resolución de la Sala Especializada del TEPJF en el sentido de que el arzobispo emérito de Guadalajara, Juan Sandoval Iñiguez violó las restricciones de los ministros de culto para no intervenir en política y, con ello, la división Iglesia- Estado. Como en su momento lo realizó la Sala Especializada del TEPJF se ratificó la vista a la secretaría de Gobernación, instancia responsable de imponer la sanción correspondiente.
Durante la sesión, los magistrados revocaron la respuesta negativa de la Dirección Jurídica del Instituto Nacional Electoral a la petición de Morena para devolver parte de sus prerrogativas federales para que sean destinados al sector salud. Sin embargo, la revocación no fue bajo los argumentos de la improcedencia que pedía Morena, sino únicamente por considerar que esta determinación en uno u otro sentido, la debe adoptar el Consejo General del INE.
En diciembre pasado, Morena pretendió devolver más de 500 millones de pesos de sus prerrogativas a fin de que fueran destinados a la compra de medicamentos. Sin embargo, el INE, a través de la Dirección Jurídica determinó que era improcedente su devolución toda vez que el procedimiento correspondiente establece que el partido debe notificar al INE su renuncia a recibir los recursos, antes de que le sean transferidos., motivo por lo que el TEPJF ordenó al CG del INE responder a la brevedad.