Si bien las empresas no pueden solicitar a los trabajadores que comprueben que cuentan con el cuadro completo de vacunación, sí está permitido que apliquen pruebas de covid-19 para asegurar que no existan riesgos de contagio y preservar las fuentes de empleo, de acuerdo con abogados laborales.
Hugo Hernández-Ojeda, socio de la práctica laboral en México de Hogan Lovells, señaló que el patrón sí puede solicitar a sus empleados realizarse exámenes, porque la ley establece obligaciones para ambas partes, a fin de preservar la seguridad sanitaria en el centro laboral.
“Los trabajadores están obligados a participar en los exámenes médicos que el patrón designe, siempre y cuando asuma los costos y gastos, para que antes de que inicie la jornada laboral revisen si un empleado es positivo o no por covid-19”, con el propósito de evitar contagios, “no para reducir derechos al trabajador ni desvincularlo de la compañía”, subrayó,
Lesly Corona Hinojosa, maestra en derecho laboral, coincidió en lo anterior y apuntó que hay que evitar confusiones en cuanto a la narrativa de las dependencias gubernamentales de recomendar a los empleadores no solicitar pruebas negativas de covid-19 como medida para poder regresar al trabajo.
Destacó que si la empresa las solicita y lo hace con la finalidad de retomar actividades presenciales, son medidas adecuadas “para evitar que se siga propagando el virus y dar la oportunidad a los empleados de conseguir las incapacidades”.
Explicó que el covid-19 es reconocido como enfermedad general, por lo que la ley de seguridad social establece que sólo subvenciona el pago de 60 por ciento del salario del trabajador a partir del cuarto día.
Es decir, indicó, si el IMSS otorga una incapacidad hasta de siete días, recomendó llegar a un acuerdo con el empleador para ayudar al trabajador a solventar sus gastos.