Por el ajuste a la Unidad de Medida y Actualización (UMA) de 89.62 a 96.22 pesos que anunció el Instituto Nacional de Estadística y Geografía (Inegi), a partir del 1º de febrero se incrementarán los montos de las multas de tránsito, sanciones administrativas y penales en la Ciudad de México.
El aumento de 6.6 pesos a las sanciones previstas en el Reglamento de Tránsito por no respetar los límites de velocidad máximos permitidos o la luz roja del semáforo, así como la manipulación de un teléfono celular u otro dispositivos mientras se conduce, que es de 10, 15 o 20 veces la UMA actual –896.2, mil 344.3 o mil 792.4 pesos, respectivamente– pasará a 962.2, mil 443.3 y mil 924.4 pesos.
Con respecto a la Ley de Cultura Cívica, por conductas señaladas para lugares o espacios públicos como no recoger las heces fecales de animales de compañía, tirar basura y orinar o defecar, así como por maltratar con pintura en aerosol fachadas de inmuebles públicos o privados, monumentos y mobiliario urbano, producir ruidos excesivos o hacer uso de la vía pública sin la autorización requerida –por la que se remite a los juzgados cívicos a comerciantes informales– o proferir silbidos o expresiones de connotación sexual a una persona, las cuales tienen una sanción mínima de 985.82 pesos, aumentará a mil 58.42 y la máxima de 3 mil 584.8 a 3 mil 848.8 pesos.
Otras infracciones de tránsito comunes, como invadir el paso peatonal o los espacios de espera para ciclistas y motociclistas en intercepciones, estacionarse en banquetas y vías para circulación exclusiva de ciclistas, así como no portar la licencia vigente de conducir, que tienen una multa de 20, 25 o 30 veces la UMA, esto es mil 792.4, mil 344.3 o 2 mil 688.6 pesos, será de mil 924.4, 2 mil 405.5 y 2 mil 886.6 pesos, en tanto que por estacionarse en lugar prohibido aumentará de mil 443.3, mil 635.74 a mil 924.4 pesos.
Otras faltas administrativas como ingerir bebidas alcohólicas en lugares públicos y no autorizados y llamar o solicitar servicios de emergencia sin motivo de alarma, tendrán una sanción mínima y máxima de 2 mil 20.62 a 2 mil 886.6 pesos, que actualmente es de mil 882.02 a 2 mil 688.6, respectivamente.
Para la actualización, el Inegi multiplica el valor actual de la unidad por el resultado de la suma de uno más el crecimiento de la inflación y la variación anual obtenida a diciembre de 2021, que fue de 7.36 por ciento.