Ciudad de México. El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación ordenó a la Fiscalía de Delitos Electorales (adscrita a la Fiscalía General de la República) entregar al Instituto Nacional Electoral una copia certificada de la investigación que realiza en torno a la entrega de dinero de David León a Pío López Obrador (hermano del Presidente). Los magistrados establecieron un nuevo criterio, al considerar que el secreto ministerial no es oponible al INE cuando realiza sus labores de fiscalización.
El caso llegó al TEPJF cuando el INE interpuso un recurso ante la negativa de la FGR de darle acceso a la investigación penal para complementar la indagatoria que realiza la Unidad Técnica de Fiscalización respecto al caso. Sin embargo, durante meses la FGR argumentó el secreto ministerial para considerar improcedente la petición del INE, lo cual fue resuelto finalmente por el TEPJF.
Aunque el proyecto original de la magistrada Mónica Soto desechaba el recurso bajo el argumento que el TEPJF no tenía competencia en el ámbito penal, la dejaron sola y se determinó que sí se tenían facultades (en votación 4 a 1) y que la FGR debería entregar la información (3 a 2 votos) al instituto.
La magistrada Janine Otálora criticó que se argumentara la falta de competencia del TEPJF en la materia. Sostuvo que “le asiste la razón al INE, porque el acceso a la información que resulte idónea y necesaria para el ejercicio de las atribuciones que de manera expresa le han sido conferidas por la Constitución tiene sustento en la interpretación sistemática y funcional de la normativa a efecto de dotarlo de herramientas necesarias que hagan efectivas sus facultades”.
Otálora aseveró que debe existir colaboración entre autoridades ministeriales y electorales para salvaguardar un bien público, como es la certeza y transparencia en el ejercicio de los recursos, a efecto de hacer efectivo el combate a la corrupción y contrarrestar la opacidad en el manejo de recursos.
El magistrado presidente, Reyes Rodríguez, coincidió en la postura al señalar que el Código Nacional de Procedimientos Penales “sí tiene una incidencia en las facultades de fiscalización de la autoridad electoral, cuyo objetivo es garantizar la equidad de la contienda y vigilar el origen de los recursos por parte de los partidos”.