Ciudad de México. El Instituto Nacional Electoral discutirá y eventualmente aprobará un proyecto de acuerdo mediante el cual una vez concluida la verificación de las firmas de apoyo para promover la revocación de mandato (el 4 de febrero) se determina “posponer de forma temporal el desarrollo del proceso a partir de las etapas subsecuentes a la verificación de las firmas de apoyo ciudadano y la entrega del informe que contenga el resultado de la verificación de las firmas de apoyo”.
Los alcances del acuerdo establecen que “la posposición de forma temporal se mantendrá hasta en tanto la Suprema Corte de Justicia de la Nación resuelva la cuestión planteada o las instancias competentes le generen a este Instituto los recursos suficientes originalmente solicitados para llevar a cabo dicha RM conforme a lo previsto en la ley y que ha quedado fundado y motivado anteriormente”.
Entre las argumentaciones del acuerdo, destaca que si bien hasta ahora el Instituto ha avanzado en acciones preparatorias pero el proceso de revocación es complejo en las subsecuentes etapas e implica erogación de recursos. Por ello, no tener las condiciones financieras necesarias “o generar dichas condiciones podría hacer imposible la realización de sus consecuencias naturales u ordinarias”.
En el acuerdo se destaca que el INE “levantará la posposición temporal de actividades y plazos para la organización de la revocación de mandato, una vez resuelta la controversia constitucional promovida ante la SCJN, en los términos, condiciones, plazos y fechas que se deriven de lo resuelto en ese fallo”.
Una vez que la SCJN resuelva la controversia constitucional contra el Presupuesto de Egresos 2022, “o bien las autoridades competentes asignen los recursos necesarios o se generen desde este Instituto las economías que permitan la suficiencia presupuestal necesaria para llevar a cabo la consulta de Revocación de mandato en los términos que prescribe la Constitución y la Ley Federal de Revocación de Mandato este Consejo General levantará la posposición y, en su caso, hará los ajustes necesarios al calendario y determinará las fechas para los actos subsecuentes que a través del presente acuerdo se posponen”.
Esto es, según el acuerdo, dicho levantamiento también operará siempre que se tengan las condiciones presupuestarias que así lo permitan, ya sea porque las autoridades competentes asignen los recursos necesarios o se generen desde el Instituto economías presupuestales suficientes en términos de lo establecido en punto de acuerdo anterior.
Finalmente, del acuerdo se instruye a la secretaría Ejecutiva, direcciones ejecutivas y unidades técnicas para que a partir de enero de 2022 y mientras esté vigente la posposición temporal de las actividades relativas a la organización de la Revocación de Mandato, se generen todas las economías presupuestales posibles adicionales a la meta de ahorro sin afectar la operación ordinaria institucional, y que se destinen para financiar las actividades para la realización de ese ejercicio de democracia directa.