El Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) consideró infundados los recursos promovidos por los partidos Morena y PVEM para que el INE destine mayores tiempos en los espots para la difusión del ejercicio de revocación de mandato.
“No existe razón técnica o jurídica para considerar que el esquema de tiempos en radio y televisión que debe asignar el INE para la difusión de dicho instrumento de democracia directa deba ser el que correspondería a un periodo electoral y no a uno ordinario, pues el segundo implica la participación central de los partidos y candidatos para la elección de los cargos.” Conforme al criterio del TEPJF, el proceso revocatorio es un ejercicio que, de llevarse a cabo, “consistirá en que las personas con derecho a votar decidan con base en su opinión (sin la influencia de propuestas de campaña o partidistas), si el actual presidente debe ser retirado de su mandato”.
En tanto, la sala superior confirmó la sanción de 119 millones 870 mil 694 pesos impuesta por el INE al Partido del Trabajo, al determinar que se tiene certeza del desvío de recursos públicos que le entregó el gobierno de Nuevo León para la operación de los centros de desarrollo infantil (Cendi).
(Con información de J. Xantomila.)