Ciudad de México. El presidente, Andrés Manuel López Obrador publicó esta tarde, en el Diario Oficial de la Federación (DOF), un acuerdo por el que se declara de interés público y de seguridad nacional la realización de proyectos que se consideren prioritarios y/o estratégicos para el desarrollo nacional. Y subraya que las dependencias y entidades de la administración pública tendrán un máximo de cinco días hábiles para emitir la autorización provisional a partir de la presentación correspondiente, transcurrido dicho plazo sin que se emita la autorización expresa se considerará resuelta en sentido positivo.
Se trata de la realización de proyectos de obras a cargo del gobierno de México asociadas a infraestructura de los sectores comunicaciones, telecomunicaciones, aduaneros, fronterizo, hidráulico, hídrico, medio ambiente, turístico, salud, vías férreas, ferrocarriles en todas sus modalidades, energético, puertos, aeropuertos y aquellos que por su objeto, características, naturaleza, complejidad y magnitud.
Se destaca en el decreto que la autorización provisional tendrá una vigencia de 12 meses contados a partir de su emisión, periodo en el cual se deberá obtener, conforme a las disposiciones aplicables, la autorización definitiva .
De igual forma se instruye a las dependencias y entidades de la Administración Pública Federal a otorgar la autorización provisional a la presentación y/u obtención de los dictámenes, permisos o licencias necesarias para iniciar los proyectos u obras, y con ello garantizar su ejecución oportuna, el beneficio social esperado y el ejercicio de los presupuestos autorizados.
En los artículos transitorios, de este decreto, se indica que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el DOF, y también se destaca que las erogaciones, que en su caso, se generen con motivo de la entrada en vigor de este acuerdo se cubrirán con cargo al presupuesto autorizados en el gasto correspondiente en el ejercicio fiscal de que se trate, por lo que no se autorizarán recursos adicionales para el presente ejercicio fiscal y los subsecuentes.
Lo rubrican además del titular del ejecutivo federal, todos los secretarios de Estado.