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Política

2021-11-20 06:00

Reparación integral del daño

Periódico La Jornada
sábado 20 de noviembre de 2021 , p. 17

Lesvy Berlín Rivera Osorio era una joven independiente, creativa, divertida y muy querida por quienes cariñosamente le llamaban Berri. Disfrutaba de la vida, pues le gustaban la música, las artes plásticas y los idiomas; hablaba cinco, además de conocer a nuevas personas, cocinar y compartir con sus seres queridos, entre otras muchas cosas. Sin embargo, el 3 de mayo de 2017 su vida le fue arrebatada en el campus de la Universidad Nacional Autónoma de México por quien se hacía pasar como su novio. Desde aquel día la búsqueda de justicia para Lesvy se convirtió en una consigna de lucha personal y colectiva para niñas, adolescentes y mujeres de México y América Latina. Y fue así como durante los primeros meses de la investigación su familia vivió violencias sistémicas y violaciones a sus derechos humanos por parte de instituciones judiciales, autoridades, medios de comunicación y otros sectores de la sociedad.

No obstante, siguieron el camino para buscar verdad, justicia, reparación integral del daño y garantías de no repetición. Lo hicieron de la mano de colectivos de mujeres y feministas, personas defensoras y organizaciones de la sociedad civil, como Observatorio Ciudadano Nacional del Feminicidio, Justicia Pro Persona y el Centro de Derechos Humanos Fray Francisco de Vitoria, cuya incidencia para proteger y garantizar sus derechos comenzó a cosechar frutos. Entre otros, las redes solidarias y los entretejidos amistosos entre organizaciones, así como el logro de varios elementos, como la Recomendación 01/2018, emitida el 2 de mayo de 2018 por la entonces Comisión de Derechos Humanos del Distrito Federal. Un precedente para el acceso a la justicia de niñas y mujeres víctimas y sobrevivientes, pues versa sobre la falta de la debida diligencia en la investigación del feminicidio de Lesvy, y sobre la negligencia en la atención a sus familiares por parte de las autoridades involucradas.

Recalca igualmente la importancia de garantizar la debida diligencia en las investigaciones de muertes violentas de niñas y mujeres a través de la implementación adecuada del protocolo de investigación ministerial, policial y pericial del delito de feminicidio, la aplicación de estándares nacionales e internacionales correspondientes a violencia de género contra las mujeres, y la incorporación de la perspectiva de género.

Después de cuatro años y medio de búsqueda de justicia para Lesvy, y dos años después de la sentencia del 24 de octubre de 2019 por el delito de feminicidio agravado en su perjuicio, el pasado 26 de octubre la quinta sala penal del Tribunal Superior de Justicia de la Ciudad de México ratificó la sentencia e impuso una pena mayor para su feminicida, correspondiente a 52 años y seis meses. Y si bien es cierto que la sentencia es resultado del esfuerzo, la resistencia y el amor de la familia de Lesvy y de las personas, colectivos y organizaciones acompañantes para dignificar su vida y su memoria, la lucha no termina ahí. Sin una reparación del daño que sea integral y enfocada a necesidades específicas, y que a la vez garantice el derecho a la no repetición y a una vida libre de violencia para niñas y mujeres, la justicia no habrá cambiado.

La reparación integral del daño es un derecho de las víctimas y sobrevivientes que debe cubrir las diversas esferas de su vida, brindar herramientas y generar condiciones para sanar y reconstruir sus proyectos de vida. Debe igualmente considerar todos los impactos generados por las violaciones cometidas, de lo individual a lo colectivo, de lo material a lo inmaterial, y de lo personal a lo político.

Y si bien la reparación se determina en la emisión de sentencias y recomendaciones, sus criterios deben encaminarse a la transformación de las condiciones estructurales e institucionales para garantizar a todas las personas el derecho a la no repetición, y promover una justicia transformativa y restaurativa para las víctimas y la sociedad. Los feminicidios son resultado de deficiencias y ausencias del Estado mexicano para proteger y garantizar los derechos de niñas y mujeres, principalmente a una vida libre de violencia.

Por tanto, la justicia para el caso de Lesvy, y para el de miles de niñas y mujeres, se logra más cuando hay una reparación del daño integral y efectiva, consciente de los impactos sociales, físicos, emocionales, económicos, espirituales, personales y colectivos, los cuales deben abonar a las garantías de no repetición y a la recomposición del tejido social, mediante la transformación de las lógicas de violencia patriarcal insertas en las instituciones y en la sociedad. Lesvy Berlín Rivera Osorio no sólo fue una joven afectuosa y radiante, sino una semilla que sigue germinando, floreciendo y cambiando estructuralmente el sistema jurídico mexicano y la sociedad. Gracias a su familia por permitirnos caminar a su lado. Y como dice doña Irinea Buendía: “¡Justicia y justicia para Lesvy! ¡Justicia y justicia para todas!”.

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