En el marco de la nueva reforma laboral, si bien los sindicatos de trabajadores al servicio del Estado no deben legitimar los contratos colectivos de trabajo (CCT), pues sólo firman convenios, sí están obligados a adecuar sus estatutos para incluir el voto personal, libre y directo, así como la equidad de género, a fin de garantizar la libertad y democracia, señaló Alberto Romero, coordinador de vinculación de la Universidad Obrera de México.
Tal disposición, en términos del artículo laboral 371, implica modificar la forma en que celebran las elecciones dichas organizaciones, ya que en el régimen anterior, el apartado B (relativo a los burócratas) realizaba y validaba las votaciones a mano alzada.
Los cambios a la Ley Federal del Trabajo (LFT) de 2019 también obligan a dichos gremios a ajustar sus reglas en cuanto a la representación proporcional en igualdad de género. Datos oficiales revelan que de 2 mil 90 sindicatos existentes, sólo 417 son encabezados por mujeres.
En entrevista, Romero subrayó que los trabajadores del gobierno no realizan la legitimación de CCT, dado que no hay este tipo de documento, sino únicamente convenios sobre las condiciones generales de trabajo.
El especialista agregó que los burócratas tienen derechos laborales acotados: “el más notorio” es la huelga, ya que se rigen por la Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado, que dice que la huelga sólo puede ser ejercida si se violan de manera general y sistemática las condiciones de trabajo, por lo que es muy difícil que se dé un estallamiento, y sólo pueden realizar paros para presionar y defender sus derechos laborales.