León. El Sistema de Agua Potable y Alcantarillado de León (SAPAL) violó los derechos humanos laborales de los trabajadores que murieron intoxicados en la planta de tratamiento de aguas residuales, determinó el ombudsman, Vicente Esqueda Méndez, quien recomendó que las familias sean indemnizadas y se les otorgue seguridad social.
El 13 de noviembre del 2020, Víctor Ricardo Briseño Rangel, José Salvador Afanador Martínez, Alberto de Jesús Silva Zúñiga, Omar Ignacio Martínez Flores y Juan Antonio Méndez Rivera, murieron intoxicados, con ácido sulfhídrico, en el módulo de desbaste de la planta de tratamiento del SAPAL.
La Procuraduría de los Derechos Humanos del Estado de Guanajuato (PDHEG) integró el expediente de queja 24/21-A-11 y emitió recomendaciones al presidente del Consejo de SAPAL, Jorge Ramírez Hernández, y a la encargada de la Contraloría del gobierno panista de León, Margarita Márquez Moreno.
El SAPAL violó “los derechos humanos laborales (condiciones dignas y protección de la familia), el derecho a la seguridad jurídica (omisiones en la investigación y dilación en el procedimiento administrativo) y al derecho de petición”, determinó el procurador de Derechos Humanos.
La esposa y la compañera, de dos de los trabajadores fallecidos, denunciaron que sus parejas estaban en riesgo por laborar con químicos, porque no había una revisión a las condiciones en que se encontraban y porque no tenían equipo adecuado, señala el expediente.
El organismo determinó que no detectaron elementos que acreditaran que los trabajadores tuvieran el perfil para operar el módulo de desbaste y tampoco se acreditó que hubieran sido capacitados.
“Los trabajadores no recibieron ninguna capacitación durante el tiempo que trabajaron en SAPAL León, inobservando la autoridad su deber de garantizar un trabajo digno” y “no se probó haber proporcionado el equipamiento de protección personal acorde al puesto de los trabajadores finados”, destacó Derechos Humanos.
Se comprobó que había fugas de químicos que no fueron reparadas por el SAPAL, “inobservando su deber de garantizar condiciones dignas en el entorno laboral”, agregó.
El presidente del Consejo de SAPAL, Jorge Ramírez, debe hacer efectivo el seguro de vida de los trabajadores, cumplir con las indemnizaciones y brindar seguridad social a las parejas e hijos de dos de los finados. Además, debe ofrecer atención médica, psicosocial y/o psiquiátrica especializada.
El SAPAL debe implementar medidas para evitar la repetición violaciones a los derechos humanos laborales, determinó el ombudsman.
La Contraloría del gobierno de León tiene que iniciar un procedimiento administrativo contra Juan Jesús Estrada González, director de Asesorías, “por las omisiones en la investigación y dilación en el procedimiento administrativo” derivado de la muerte de los trabajadores, señala la recomendación.
También debe darle celeridad al procedimiento administrativo por la muerte de los trabajadores de SAPAL, concluyó.
El presidente del Consejo de SAPAL, Jorge Ramírez Hernández; y el director del organismo, Enrique de Haro Maldonado, se han negado a indemnizar a las familias.
Los directivos prefirieron pagar más de 1.2 millones de pesos al despacho del abogado Juan Carlos Peña –ex candidato a síndico por Movimiento Ciudadano- para litigar las demandas civiles.
La empresa ECOSYS III, quien manejaba la planta, denunció que el equipo mecánico, eléctrico y de procesos de tratamiento fue dañado por basura, recortes de cuero, sales, sulfuros, amoniaco, cromo, cal, pelambres y grasas que descargaban los curtidores con la anuencia del SAPAL.
A raíz de la denuncia, el SAPAL decidió no renovar la concesión a ECOSYS y el 22 de septiembre del 2020 tomó el control de la planta tratadora de aguas residuales.