Ciudad de México. Este miércoles arranca la disputa por la firma de un nuevo contrato colectivo (CCT) en la planta de General Motors en Silao, Guanajuato, luego de que en agosto la mayoría de los trabajadores decidió echar a un sindicato de la Confederación de Trabajadores de México tras votar contra el convenio laboral que mantenía vigente.
Este caso –proceso de legitimación concluido– cobró relevancia tras convertirse en la primera queja laboral interpuesta por Estados Unidos bajo el T-MEC, sobre libertad sindical.
El 19 de septiembre, la Secretaría del Trabajo resolvió que el CCT que pertenecía al sindicato Miguel Trujillo López, pierde vigencia a partir de este 3 de noviembre, cuando inicia la segunda etapa de la reforma laboral en Guanajuato.
Las relaciones laborales se regirán ahora por contratos individuales, preservando los derechos y prestaciones adquiridas, hasta en tanto se firme un nuevo documento colectivo.
Héctor de la Cueva, asesor de los obreros de la planta, apuntó que “lo que se dirimirá” estos días es cuántos sindicatos solicitan la constancia de representatividad, documento que otorga el Centro Federal de Conciliación y Registro Laboral y acredita a determinada organización que cuenta con el respaldo de al menos 30 por ciento de los trabajadores.
Alejandra Morales, dirigente del Sindicato Independiente Nacional de Trabajadores de la Industria Automotriz, formado por empleados de GM, señaló que avanza el proceso para “demostrar que contamos con el respaldo” de los obreros y así firmar un nuevo contrato colectivo con la empresa.
Para el nuevo CCT se retomarán “los puntos pertinentes del viejo contrato, pero mejorando las prestaciones y condiciones laborales”, explicó De la Cueva.
“Nosotros tenemos una propuesta, que incluye las inquietudes y demandas de los trabajadores”, secundo Morales, secretaria general del sindicado conformado por empleados de la planta automotriz.
El CFCRL será el responsable de emitir la constancia de representatividad y deben solicitarla los sindicatos interesados en negociar con el empleador, y sin ella no podrán emplazar a huelga. La vigencia de dicho documento es de 6 meses y se expide en aproximadamente en 30 días hábiles.
En caso de que dos o más sindicatos acrediten el respaldo del 30 por ciento de los trabajadores, dicha autoridad laboral iniciará el procedimiento de consulta en el que, a través del voto personal, libre, directo y secreto, se determinará qué sindicato cuenta con la mayoría.
La organización que obtenga la constancia de representatividad será quien pueda negociar el nuevo contrato colectivo con la empresa.