El quinto tribunal colegiado en materia penal en la Ciudad de México concedió un amparo al ex jefe de la policía de la Ciudad de México, Raymundo Collins Flores, que deja insubsistente la orden de aprehensión que libró en su contra un juez capitalino por el delito de uso ilegal de facultades cometido cuando se desempeñó como director del Instituto de Vivienda (Invi).
Collins Flores es acusado por autoridades locales del delito de uso ilegal de facultades, el cual se sanciona con una pena de cárcel de entre tres meses y dos años, así como una multa pecuniaria de 500 a mil días.
En marzo del año pasado, el juez centésimo décimo tercero del Sistema Procesal Penal Acusatorio de la Ciudad de México, adscrito a la Unidad de Gestión Judicial 12, fue quien libró la orden de captura contra Raymundo Collins.
La Fiscalía General de Justicia capitalina inició la carpeta judicial en su contra y otros ex funcionarios por presuntas irregularidades durante su gestión en el Invi que causaron agravio al servicio público de la Ciudad de México y de la sociedad.
Por unanimidad, los magistrados del colegiado ordenaron al juez centésimo décimo tercero dictar una nueva determinación, donde analice de manera fundada y motivada la solicitud de orden de aprehensión y la necesidad de privar de la libertad al ex servidor público.
El argumento
En su fallo, señalaron que el juzgador emitió la orden de captura sin realizar una adecuada motivación, ya que no acreditó de manera fehaciente la necesidad de privar de la libertad al ex servidor público, prevista en la fracción III del artículo 141 del Código Nacional de Procedimientos Penales.
De acuerdo con el expediente, el juez de la causa libró el mandamiento judicial, ya que Raymundo Collins cuenta con diversos domicilios en la Ciudad de México, en los que no se presenta desde hace tiempo; además, el Instituto Nacional de Migración informó que en 2019 tuvo al menos cuatro salidas del país.
De acuerdo con las investigaciones realizadas por las autoridades capitalinas, presuntamente incurrió en un manejo faccioso que configura el delito de enriquecimiento ilícito, pues en sus declaraciones patrimoniales no se asentó la compra de propiedades inmobiliarias, sino únicamente casos de menaje.