Ciudad de México. Después dei dos horas de debate y con una votación de cuatro a tres, el Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) revocó la convocatoria a elecciones extraordinarias para la presidencia municipal de Tlaquepaque Jalisco, que había emitodo el congreso estatal con el requisito de registrar sólo candidatas mujeres.
La mayoría de magistrados estableció que los legisladores estaban modificando las condiciones en que se efectuaron las elecciones ordinarias, por lo que podrá participar cualquier aspirante.
Por más de una hora, la magistrada ponente, Mónica Soto, explicó su proyecto -que fue derrotado- para validar la convocatoria a partir de la escasa presencia de las mujeres en las presidencias municipales de Jalisco y en el país.
Explicó que de los 10 principales municipios de Jalisco, por su importancia demográfica y económica, nueve los ganaron hombres en las pasadas elecciones y solamente uno, Tlaquepaque, (que fue anulado por la indebida injerencia del obispo emérito, Juan Sandoval Inñiguez en la contienda), la obtuvo una mujer.
Informó que en Jalisco solamente hay 20 alcaldesas de las 125 que hay en la entidad, por lo que en la actualidad, sólo 4. 1 por ciento de la población en la entidad se encuentran en municipios gobernados por mujeres. Dijo que de aprobarse esta convocatoria en sus términos, esta proporción subiría a 12.5 por ciento de ahi la necesidad de aprobar esta convocatoria para buscar mayor presencia de las mujeres en las alcaldías de Jalisco.
Sin embargo , su propuesta, que pidió se aprobara en función de impulsar nuevos criterios de paridad para que no solo se refleja esta en la postulación de candidaturas, sino en el acceso al cargo, la mayoría de los magistrados votó en contra de su proyecto. Encabezados por el magistrado presidente, Reyes Rodríguez cuestionaron el proyecto porque el congreso local modificó los términos en que se realizaron las elecciones ordinarias, que no restringía la postulación a hombres.
Rodríguez dijo que en esta ocasión, con una campaña restringida a solo 10 días, señaló que los partidos que no postularon candidatas y ellas mismas que fueron ahora postuladas contenderán en desigualdad de condiciones con respecto a aquellas candidaturas de mujeres que ya participaron en la elección ordinaria.
La magistrada Janine Otálora dijo que el Congreso del estado se había extralimitado en sus funciones porque las elecciones extraordinarias deben efectuarse en igualdad de condiciones que las ordinarias En este caso, se está modificando la regla al restringirlo sólo a mujeres, además de que las prohibiciones de postulación de candidatos para una elección extraordinaria, se derivan exclusivamente de una cancelación del derecho por así haberse determinado en la resolución que anuló la elección.