La Auditoría Superior de la Federación (ASF) considera que hasta 2020 la Comisión Nacional de Búsqueda de Personas (CNBP) y la Fiscalía General de la República (FGR) requirieron fortalecer los procesos que llevan a cabo para la localización de desaparecidos y la persecución de quienes incurrieron en ese delito, a fin de incrementar su eficacia en la ubicación de los primeros.
En el segundo paquete de auditorías que ayer dio a conocer la ASF, se establece que en el periodo 2018-2020 se identificaron 58 mil 39 registros de personas desaparecidas, de las cuales 56.6 por ciento (32 mil 846) fueron localizadas y 43.4 por ciento (25 mil 193) no.
De 2019 al año pasado, refiere que se llevaron a cabo 312 acciones de búsqueda; sin embargo, existieron áreas de oportunidad para verificar su impacto, aunado a que las efectuadas no coincidieron con los estados con mayor número de registros.
Para la Auditoría Superior, la CNBP requirió fortalecer el proceso de búsqueda mediante la elaboración de diagnósticos que tomen en cuenta las características y patrones de desaparición, así como diseñar e implementar indicadores que permitan evaluar la eficacia de las acciones de localización.
Falta calidad a información
También resalta que el año pasado estuvieron en trámite 747 averiguaciones previas y 868 carpetas de investigación, pero la FGR requiere fortalecer los registros para acreditar que ordenó la realización de medidas urgentes e inmediatas para la investigación de los delitos de desaparición forzada y desaparición cometida por particulares, a fin de localizar a las víctimas con vida, generar información de calidad pertinente, idónea y eficaz para posteriormente identificar al perpetrador o perpetradores del hecho.
La ASF precisa que las averiguaciones y carpetas pendientes a 2020 tienen un promedio de entre 5.7 y 2.7 años en proceso de investigación, respectivamente, sin que se lograra la acreditación de los delitos con los que se relacionaron.
Asimismo, expone que de las seis averiguaciones despachadas y las 15 carpetas determinadas, en ningún caso se acreditó la comisión de dichos delitos ni se buscó el ejercicio de la acción penal mediante su persecución ante los tribunales. Por ello, la fiscalía requirió fortalecer los procesos que efectúa a fin de acreditar la comisión de crímenes en la materia, que las investigaciones fueran prontas y efectivas para el esclarecimiento de los hechos, así como para que la persecución de los delitos contribuyera a la captura, procesamiento y sanción de los responsables del daño.