La sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó con una votación 2 a 1 que la difusión en la conferencia presidencial del monitoreo de noticias del Instituto Nacional Electoral (INE), en el que se refería que Morena había sido afectado por programas de radio y televisión en la cobertura, “no hubo adquisición ilegal de tiempos”.
Por ello, consideró improcedente el recurso promovido por el PRD, que acusaba al presidente Andrés Manuel López Obrador y Morena de esa irregularidad.
Al presentar el proyecto, el magistrado Luis Espíndola precisó que se trataba de un recurso que en un principio esta instancia había considerado fundado. Sin embargo, al resolver la apelación, la sala superior ordenó a la sala especializada precisar los motivos por los que consideraba que se incurría en esa violación.
Explicó que con los criterios establecidos por la sala superior en su fallo, no se configuraba la adquisición indebida de tiempos en radio y televisión ni el uso indebido de recursos públicos, toda vez que no hubo un llamado expreso a votar por Morena ni se convocó a adherirse a ese proyecto político.