La Comisión Nacional de los Derechos Humanos (CNDH) acreditó violaciones graves a las garantías de Mario Aburto Martínez, a su integridad personal y trato digno, por actos de tortura e incomunicación, así como al debido proceso. Ante ello, dirigió la Recomendación 48VG/2021 a la Fiscalía General de la República (FGR) y al Órgano Administrativo Desconcentrado Prevención y Readaptación Social (OADPRS), en la que solicitó realizar una investigación del caso que dio origen a la detención y sentencia de la víctima, acusada por el asesinato del candidato presidencial priísta Luis Donaldo Colosio en 1994.
Agregó que la nueva investigación o la reapertura de la anterior tendrá como finalidad subsanar deficiencias y llegar al pleno esclarecimiento de los hechos, que permitan a Aburto Martínez –preso en el Centro Federal de Readaptación Social (Cefereso) número 12 en el municipio de Ocampo, Guanajuato– y a la sociedad mexicana acceder al derecho a la verdad de manera individual y colectiva, además de que el Estado responda por sus actos. Al respecto, la FGR dio por recibida la recomendación y trabajará en el análisis del documento dado a conocer.
La CNDH expuso que hace siete meses recibió una nueva queja por parte del agraviado, en la cual señaló que desde hace 27 años ha denunciado ante esta Comisión actos de tortura reiterada y continua, puntualizando que, desde el 31 de agosto de 1994, existe en la FGR una investigación por esos hechos, asimismo, agregó que reclama la reapertura de su caso para que se dé a conocer la verdad a toda la sociedad.
Tras investigar el caso, la Comisión Nacional determinó, entre otras cosas, que elementos de la entonces Policía Judicial Federal, adscritos a la Procuraduría General de la República (hoy FGR), así como los agentes del Ministerio Público Federal que intervinieron tanto en la detención como en las primeras diligencias ministeriales y en el traslado de la víctima a las instalaciones del Cefereso número 1, incurrieron en actos de tortura.
La CNDH también reconoció su responsabilidad en este caso, “toda vez que, prácticamente desde que tuvieron lugar los hechos, en abril de 1994, este organismo nacional tuvo posibilidad de actuar para proteger los derechos humanos de la víctima y sus familiares, así como garantizar una investigación y un proceso justo y apegado a derecho, lo cual no ocurrió”.
Incluso, agregó, obra en los archivos de esta comisión una entrevista de la cual no se tiene registro en ningún expediente de queja de aquellos años y se realizó sin autorización del agraviado, lo que cuestionaría las actuaciones de este organismo “porque no corresponden a su función legal”.
Indicó que la recomendación será remitida a la Cámara de Diputados, a efecto de que sea agregada a la investigación que realiza la comisión de la verdad creada para esclarecer los hechos.