El sistema de adquisición de medicamentos y equipo médico sin licitación, para hacer frente a la pandemia del Covid-19, se mantendrá tal y como está luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) desestimó la acción de inconstitucionalidad presentada por senadores de la oposición.
Los legisladores promovieron una acción de inconstitucionalidad contra las reformas a la Ley de Adquisiciones, Arrendamientos y Servicios del Sector Público (LAASSP), para permitir que el gobierno mexicano adquiera insumos de salud a través de la Oficina de Servicios para Proyectos de Naciones Unidas (UNOPS), además de participar en el sistema mundial de acceso equitativo a las vacunas contra el Covid-19, conocido como Covax.
Los senadores de los partidos Acción Nacional, Revolucionario Institucional y Movimiento Ciudadano afirmaban que estos cambios eran contrarios a los principios de economía, eficacia, eficiencia, imparcialidad y honradez, del artículo 134 de la Constitución, que norman toda clase de adquisiciones con fondos públicos.
El ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, advirtió de los riesgos que implicaría modificar esta reforma: “si esta norma se invalida por supuesto que tendrá complicaciones para que el Estado mexicano adquiera medicinas en un momento de pandemia, esto nadie lo puede negar”.
Por ello pidió a sus compañeros del pleno no hacer una interpretación letrista de la Constitución y las leyes pues dijo, se justifica plenamente la flexibilización del régimen de contrataciones públicas ante la emergencia sanitaria.
A su vez, la ministra Yasmín Esquivel Mossa explicó que las reformas impugnadas no dejan sin control el sistema de adquisiciones de medicamentos y equipo médico, pues aunque se abrevian los procedimientos, se ordena una revisión posterior para garantizar que no hubo corrupción.
Dijo que este sistema ya ha dado resultados: “para el año 2021 México adquirió y contrato cerca de 45 mil 437 millones de pesos a través de este mecanismo y tuvo un ahorro de 11 mil 880 millones de pesos a través de estos mecanismos de contratación internacional”.
El asunto se decidió en una votación dividida de seis contra cinco, y aunque la mayoría estuvo a favor del proyecto de declarar inconstitucional la reforma impugnada, debido a que no se alcanzó una mayoría calificada de ocho, el asunto quedó desestimado.