La Junta Federal de Conciliación y Arbitraje determinó improcedente el estallamiento a huelga promovido por el Sindicato Independiente de Trabajadores de Investigación de Cátedras (Siintracatedras) contra el Consejo Nacional de Ciencia y Tecnología (Conacyt), por carecer de materia, y dio por concluido el caso.
Lo anterior fue dado a conocer por el consejo en una nota informativa, en la que explicó que el fallo fue debido a que regula sus relaciones de trabajo con base en el apartado B del artículo 123 constitucional, además de que “ya se cuenta con unas condiciones generales de trabajo, que hace las veces de contrato colectivo de trabajo”.
En ese sentido, el Conacyt, como organismo público descentralizado, no está facultado para concertar el pago de prestaciones dentro de una contratación colectiva, indicó.
Exigencias
Explicó que entre las peticiones que exigía el Siintracatedras se encontraban la firma de un contrato colectivo de trabajo que incluía el reconocimiento de prerrogativas y beneficios, como son un aumento de 100 por ciento en los ingresos mensuales, al considerar un estímulo por proyecto como parte integral del salario; prestaciones superiores a la ley y de privilegio en el sector, y el que la permanencia en el programa no esté condicionada a las evaluaciones de índole académico, incluida la del Sistema Nacional de Investigadores (SNI).
Apuntó que se han hecho cambios como establecer contratos de trabajo por tiempo indeterminado, dado que anteriormente tenían una vigencia máxima de 10 años, que los investigadores pueden cambiar de institución receptora, previa solicitud y, además, podrán elaborar sus propios programas de trabajo y cambiar de modalidad.