La reapertura de bares, antros y cantinas a partir de este lunes será acotada, pues no podrán operar más allá de la medianoche y deberán dar prioridad al uso de terrazas o áreas al aire libre, mientras las actividades y eventos masivos aumentarán su aforo a 75 por ciento, de acuerdo con los lineamientos del semáforo epidemiológico amarillo publicados en la Gaceta Oficial de la Ciudad de México.
La Secretaría de Desarrollo Económico local detalló que en total 992 bares y cantinas, así como 61 antros, discotecas y similares podrán reabrir, por lo que se prevé que alrededor de 20 mil personas regresen a trabajar en estos sitios. Con eso, por primera vez en casi un año y medio la economía de la capital del país se encontrará abierta al 100 por ciento.
“En términos absolutos, la reapertura de toda la actividad económica en la ciudad representa más de 474 mil negocios”, indicó la dependencia.
En cuanto a esos sitios de esparcimiento, en los lineamientos publicados se mantiene el aforo de 50 por ciento, pero se limita el horario de operación hasta la medianoche, mientras los recintos en los que se llevan a cabo eventos masivos, ya sea deportivos, culturales, conciertos y homólogos, podrán realizarlos de acuerdo con lo establecido en su aviso o permiso de funcionamiento.
Seguirán las medidas sanitarias
Los establecimientos mercantiles cuyo giro preponderante sea la venta de alimentos preparados, continuarán con las reglas previstas en el programa de colocación de enseres e instalaciones en vía pública, mientras los corporativos y oficinas privadas podrán contar con un aforo máximo de 80 por ciento de su plantilla laboral.
En todos los casos se deberán colocar filtros sanitarios para la detección de síntomas de coronavirus, como la toma de temperatura al ingresar el personal, proveedores y clientes. No se permitirá entrar a quienes presenten una mayor a 37.5 grados.
El Instituto de Verificación Administrativa (Invea) realizará las supervisiones respectivas y en caso de algún incumplimiento ordenará la suspensión temporal total o parcial de la actividad hasta por 15 días naturales sin perjuicio de cualquier otra sanción que corresponda.