Un menor de edad consiguió una suspensión provisional que le permitiría ser vacunado contra el Covid-19, aun cuando su rango de edad todavía no tiene fecha para la inoculación, según el calendario establecido en la Política Nacional de Vacunación (PNV).
El padre del menor, Alfredo Clemente Mata García, promovió el juicio a nombre de su hijo y solicitó la suspensión provisional, a fin de obtener la vacuna en el mínimo tiempo posible.
El juzgado octavo de distrito en materia administrativa en la capital del país admitió a trámite el amparo y concedió la suspensión provisional, pero bajo condiciones, ante la falta de estudios y permisos de las autoridades sanitarias del país para administrar la vacuna contra el Covid-19 a menores de edad.
Por ello, el juez Martín Santos Pérez, en su acuerdo advirtió a las autoridades sanitarias: “quedando bajo su más estricta responsabilidad lo concerniente a su valoración, en el sentido de determinar si físicamente y de acuerdo a su estado de salud, es candidato a la aplicación de la misma y en las modalidades (tipo o marca de la vacuna), así como las dosis que correspondan; y de no ser así, deberán manifestarlo ante este juzgado”.
Hasta ahora, sólo se había otorgado una suspensión para vacunar a un menor de edad por un juez de amparo de Querétaro, debido a que el niño tiene una condición que limita su salud y se argumentó que de contraer la enfermedad su vulnerabilidad sería mayor.
Este primer amparo ya fue impugnado por las autoridades sanitarias y lo mismo puede suceder con la suspensión otorgada por el juez Santos Pérez.
En otros casos similares la suspensión se ha negado, con el argumento de que la PNV es una norma de interés público diseñada para proteger a todos los mexicanos, atendiendo primero a los grupos de población con mayor riesgo, en razón de su edad.