La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) rechazó atraer un amparo de la tabacalera Philip Morris, contra la prohibición para importar cigarros electrónicos o vapeadores.
La empresa promovió el juicio desde el año pasado ante el juzgado séptimo de distrito en materia administrativa, el cual decidió sobreseer el asunto y sólo otorgarle la protección de la justicia federal de manera parcial.
Ante esto, Philip Morris solicitó al noveno tribunal colegiado en materia administrativa del primer circuito revisar el fallo, y al mismo tiempo pidió a la SCJN atraer el amparo.
Sin embargo, ninguno de los ministros del máximo tribunal hizo suya la petición, por lo que ésta fue rechazada, según se explica en el acuerdo dado a conocer: “Toda vez que no se encuentra legitimada la parte solicitante, se desecha la solicitud de ejercicio de la facultad de atracción que se formula”.
Este es sólo uno de los varios juicios que la industria del tabaco mantiene contra la comercialización de cigarros electrónicos, que es hacia donde se orienta ahora su mercado.
La prohibición para importar estos dispositivos se incluyó en el decreto que modificó la Ley de los Impuestos Generales de Importación y de Exportación, en febrero de 2020.
En primera instancia, el amparo de Philip Morris fue concedido en cuanto a considerar discriminatorio que se imponga a los cigarros electrónicos restricciones que exceden a las que tienen productos de tabaco.
Sin embargo, el juzgado séptimo también reconoció el efecto nocivo que pueden tener para la salud estos dispositivos y señaló que su comercio debe sujetarse a Ley General para el Control de Tabaco (LGCT).
En noviembre pasado la SCJN falló, en otro asunto relacionado, que es constitucional la prohibición para vender cigarros electrónicos y vapeadores, al declarar constitucional el artículo 16 de la LGCT.