Luego de 20 años de juicios laborales, una mujer que fue despedida injustificadamente de la Secretaría de Hacienda, recibió un amparo de la Suprema Corte de Justicia de la Nación, quien encontró que fue removida de su cargo injustificadamente, sólo por el hecho de estar embarazada.
Es la primera vez que el máximo tribunal establece que las mujeres embarazadas que se desempeñan como trabajadoras del Estado bajo el régimen de confianza, tienen la misma protección que las empleadas de base si son despedidas injustificadamente.
La segunda sala del máximo tribunal aprobó por unanimidad la sentencia donde señaló que en casos como estos es discriminatorio aplicar un doble rasero, pues hay criterios jurisprudenciales para la protección de la maternidad en el trabajo que permite eximir a las mujeres en esta situación de las limitaciones impuestas a las plazas de confianza.
“La reparación procedente en estos casos de cese injustificado y discriminatorio es precisamente la que establece la propia Ley Federal de los Trabajadores al Servicio del Estado para los empleados de base ante un despido injustificado”, señala el acuerdo.
El proyecto aprobado fue escrito por el ministro Alberto Pérez Dayán y ordena que la mujer quejosa sea reinstalada en su puesto o se le liquide con todas las prestaciones de una trabajadora de base, ya que fue despedida por el hecho de estar embarazada.
Así lo señala la sentencia: “No sólo es posible sino necesario, otorgar a las trabajadoras de confianza un tratamiento equiparable a las de base, para efectos del pago de las prestaciones laborales por el despido ilegal del cual son víctimas, en razón de su embarazo.”
La quejosa trabajaba en la Administración General de Aduanas de Hacienda y fue despedida en marzo de 2001, el expediente del caso será devuelto a la segunda sala del tribunal federal de Conciliación y Arbitraje.