El juzgado Octavo de Distrito en el Estado de Tamaulipas negó al gobernador de Tamaulipas, Francisco Javier García Cabeza de Vaca, entregarle una copia del archivo digital que contiene la orden de captura que libró en su contra el juez de control con residencia en el penal del Altiplano, al considerar la información como clasificada, de acuerdo con la Ley de Transparencia y Acceso a la Información.
Sin embargo, el juez Faustino Gutiérrez Pérez, permitió que el mandatario estatal obtenga la copia certificada de las constancias que conforman un legajo de pruebas, “previa censura de toda información que permita identificar a otras personas contra quienes también se instruye el expediente de donde emana el acto reclamado”, ya que la información estará disponible una vez que se levante la suspensión que interpuso la Fiscalía General de la República (FGR).
Asimismo el impartidor de justicia informó que Primer Tribunal Colegiado declaró sin materia el recurso de queja que promovió la FGR en contra de la suspensión provisional que obtuvo Cabeza de Vaca contra la orden de aprehensión, debido a que el juzgado le concedió la medida cautelar definitiva.
García Cabeza de Vaca es señalado por la FGR de haber incurrido en el delito de defraudación fiscal por un monto de 6.5 millones de pesos, por lo cual el Ministerio Público Federal solicitó su desafuero al Congreso de la Unión, lo cual ocurrió el pasado 30 de abril.
El desafuero del gobernador tamaulipeco fue aprobado por 362 votos en favor, por 134 votos en contra y se registraron 14 abstenciones, motivo por el cual el gobernador de Tamaulipas ya impugnó esta decisión.
Por separado, el Juzgado Séptimo de Distrito, admitió a trámite la ampliación de la demanda que presentó José Manuel García Cabeza de Vaca, hermano del mandatario estatal, dentro del juicio que interpuso contra el bloqueo de sus cuentas bancarias
En su solicitud, señaló como autoridades responsables a las directoras general adscrita a la Unidad de Inteligencia Financiera (UIF), así como de atención a autoridades de la Vicepresidencia de Supervisión de Procesos Preventivos de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores (CNBV), quienes deberán rendir sus respectivos informes previos en un plazo de 48 horas.