Los altos funcionarios de los institutos Nacional Electoral (INE) y Nacional de Estadística y Geografía (Inegi) tendrán que disminuir sus salarios por debajo de lo que gana el Presidente de la República, luego de que la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) les negó la petición para suspender la ley que limita las percepciones de los servidores públicos.
Se trata del más reciente capítulo del litigio de varios órganos constitucionales autónomos en contra de que sus directivos ganen menos que el primer mandatario del país.
Tanto el INE como el Inegi presentaron por separado recursos contra la más reciente reforma a la Ley Federal de Remuneraciones de los Servidores Públicos (LFRSP), promulgada en mayo pasado.
Aunque el ministro Fernando Franco González Salas admitió a trámite las controversias, se negó a suspender la aplicación de la ley impugnada, dado que se trata de una norma general cuya continuidad no pone en riesgo la seguridad o economía nacionales ni las instituciones fundamentales del orden jurídico mexicano.
Desde que se aprobó la primera versión de la LFRSP, en diciembre de 2018, diversos órganos constitucionales autónomos la han combatido ante la SCJN, argumentado que la imposición de un tope salarial vulnera su independencia.
Así, consiguieron el año pasado que la SCJN ordenara hacer explícitos todos los rubros que integran el salario presidencial, que es el parámetro máximo de ingresos para los servidores públicos, y por ello se reformó la LFRSP en mayo de 2021.
Sin embargo, la Comisión Federal de Competencia Económica, el Instituto Federal de Telecomunicaciones, el INE y el Inegi presentaron nuevamente sendas controversias contra el tope salarial, de las cuales sólo se han admitido la de estos dos últimos organismos.