La sala especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) determinó, de manera unánime, que el presidente Andrés Manuel López Obrador violó de nueva cuenta la Constitución al realizar pronunciamientos que afectaron la equidad en las elecciones de San Luis Potosí y Nuevo León.
En su resolución, los magistrados exhortan al mandatario, por medio de la Consejería Jurídica, “a que utilice adecuadamente los recursos públicos que tiene a su alcance”.
Ordena bajar cuatro mañaneras de mayo
También vincularon a los titulares de la Comunicación Social de la Presidencia y del Centro de Producción de Programas Informativos Especiales, por considerar que participaron en la difusión de las conferencias matutinas realizadas el 5, 6, 7 y 11 de mayo –en las que el mandatario hizo los pronunciamientos–, dando vista al órgano Interno de Control. A Jesús Ramírez Cuevas, responsable de Comunicación Social, se le ordenó retirar de portales y redes sociales oficiales las mencionadas conferencias.
Al resolver un recurso promovido por el PRD contra López Obrador, el TEPJF determinó que en las mañaneras mencionadas, el Presidente se pronunció en contra de que retiraran a Mónica Rangel la candidatura a gobernadora de San Luis Potosí por Morena. El respaldo que le dio implicó incidir en la equidad de la contienda y un pronunciamiento en favor de su partido.
De igual forma, señala, en esos días López Obrador acusó al candidato a gobernador de Nuevo León por la alianza PRI-PRD, Adrián de la Garza, de promover la compra de votos mediante la distribución de una tarjeta.
“Debido a la relevancia de su cargo por la autoridad que representa, se estima viable presumir que las manifestaciones del Presidente sí impactaron de manera relevante en la población receptora de los mensajes. Por tanto, se propone declarar su responsabilidad por la vulneración al principio de equidad en la contienda de San Luis Potosí y Nuevo León, así como el uso indebido de recursos públicos”.