Ciudad de México. La ministra Norma Lucía Piña Hernández propuso a sus compañeros de la Primera Sala que se admita a trámite la controversia constitucional donde se plantea para que sea la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) quien defina si es o no constitucional el desafuero del gobernador de Tamaulipas Francisco Javier García Cabeza de Vaca.
Esta controversia fue interpuesta por el Congreso de Tamaulipas en abril pasado, sin embargo, el ministro Juan Luis Alcántara Carrancá determinó no admitirla a trámite por considerar que los diputados locales no fueron afectados en su esfera de competencia, pues finalmente ellos mismos votaron a favor de mantener el fuero del mandatario local.
Ante esta decisión, la fiscalía general de la República (FGR) interpuso un recurso de reclamación, señalando que el ministro González estaba reconociendo la legitimidad de la decisión del congreso tamaulipeco, evitando con ello que la SCJN resolviera el fondo del asunto.
Dicho recurso de reclamación fue asignado para su estudio a la ministra Piña, quien presentó un proyecto de resolución en el cual sostiene que este tema sí requiere de su resolución en el máximo tribunal, pues ambos poderes legislativos, el federal y el estatal, acusan la intromisión en asuntos de su competencia.
“A juicio de esta Primera Sala, la improcedencia de la controversia constitucional no es ni notoria ni manifiesta, pues se advierte un principio de agravio consistente en la posible vulneración de las competencias constitucionales del Poder Legislativo actor, así como de la cláusula federal, y para resolver esta cuestión es necesario realizar consideraciones interpretativas de cierta envergadura, que deben acometerse por el órgano colegiado”, señala la propuesta de la ministra.
Por ello propone que sea admitida la controversia y que la SCJN, ya sea en alguna de sus salas o en el pleno, resuelva sobre la constitucionalidad del desafuero; “Las anteriores consideraciones jurídicas se robustecen si se tiene en consideración la importancia y trascendencia que tiene para el sistema federal que la Suprema Corte de Justicia de la Nación emita un precedente respecto del alcance del párrafo quinto, del artículo 111 de la Constitución, considerando que ello permitirá definir el ámbito de competencia de cada uno de los poderes.”