Ciudad de México. La Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN) hizo un exhorto al Congreso de la Unión y a los poderes legislativos de todos los estados de la república para que de manera urgente y prioritaria regulen la práctica de la maternidad subrogada.
Al concluir con la resolución de una acción de inconstitucionalidad promovida en contra de los artículos del Código Civil de Tabasco que regulan esta técnica de reproducción asistida, siete de los once integrantes del Pleno de Ministros coincidieron en señalar que existe un vacío en la legislación federal para regular el tema.
También señalaron que únicamente dos entidades del país han normado los aspectos de Derecho Civil que tienen que ver con la maternidad subrogada.
La ministra ponente en este asunto, Norma Lucía Piña Hernández, advirtió que la inseguridad jurídica en que se encuentra la maternidad subrogada lleva a su clandestinidad y al abuso de las mujeres contratadas para esta práctica, así como a dejar sin protección a los menores así gestados.
En esto coincidió el ministro presidente, Arturo Zaldívar Lelo de Larrea, quien llamó a los legisladores federales y estatales a normas esta técnica reproductiva teniendo en cuenta, en primer lugar, el interés superior de las niñas y niños.
Señaló que esta eventual legislación debe incluir también una prohibición expresa de la venta de menores edad, pero también prever la posibilidad de que las mujeres gestantes obtengan un provecho económico por su participación, pues “la prohibición absoluta de los contratos onerosos en la maternidad subrogada puede llevar a su práctica clandestina.”
Añadió que también se debe permitir que el acceso a esta práctica no discrimine a nadie por razones de género ni estado civil y reiteró que el peor escenario es que continúe la falta de regulación, pues eso lleva a la explotación.
Sobre los criterios fijados por los ministros en la resolución de esta acción de inconstitucionalidad, los ministros comenzaron a resolver un amparo promovido por la firma Fertility Center, que reclama la prohibición expresa contenida en el Código Civil de Tabasco para que empresas privadas puedan actuar como gestoras y mediadoras en los contratos de maternidad subrogada.
Por mayoría de ocho votos, la SCJN señaló que esta medida es inconstitucional pues vulnera las libertades de trabajo y de comercio.
El ministro ponente en este asunto, Mario Pardo Rebolledo, señaló que la intervención de terceros especializados en los contratos de gestación puede favorecer el interés superior de la infancia y ayudar a que las personas ejerzan sus derechos reproductivos, además de apoyar en la protección de los derechos de las madres gestantes.
Horas antes de la sesión, una docena de mujeres, vestidas con capas rojas y tocados blancos, como los de la protagonista de la novela “El cuento de la críada”, de Margaret Atwood, se manifestaron en contra del aval de la SCJN a la maternidad subrogada, que afirmaron, es en el fondo una venta de niños.
Encabezadas por Teresa Ulloa, directora de la Coalición Regional contra el Tráfico de Mujeres y Niñas en América Latina y el Caribe, las mujeres entregaron en la SCJN un escrito donde afirman que “de avalar los vientres de alquiler en México, la Suprema Corte de Justicia de la Nación institucionalizará la exploración de los cuerpos de las mujeres y la mercantilización de niñas y niños, convirtiendo a las y los ministros en cómplices de tratantes.”