El juzgado segundo de distrito de amparo en materia penal de la Ciudad de México admitió a trámite el juicio que promovió Florian Tudor contra su proceso de extradición, luego de que la semana pasada el décimo en materia administrativa se declarara incompetente para atraer el caso.
También concedió una nueva suspensión provisional contra actos de incomunicación, privación ilegal de la libertad, retención y extradición contra el acusado.
Asimismo, los jueces de control del Centro de Justicia Penal Federal con sede en el Reclusorio Sur, Felipe de Jesús Delgadillo Padierna y Ganther Alejandro Villa Ceballos, ordenaron la liberación del abogado de Tudor y del agente del Ministerio Público federal que según trató de evitar la detención.
Los togados resolvieron que la Fiscalía General de la República (FGR) no acreditó que el litigante y el funcionario obstruyeran la detención contra el rumano.
Detenido el jueves de la semana pasada, Tudor es señalado como cabecilla de la llamada mafia rumana relacionada con la clonación de tarjetas bancarias y trata de personas a escala internacional que operaba desde Quintana Roo, México.
El juez Antonio González García le concedió la suspensión provisional a efecto de quedar a disposición del juzgado de amparo en lo que se refiere a su libertad en el lugar en el que se encuentra detenido y de la autoridad responsable para la continuación del procedimiento.
Señaló que la medida cautelar no impide la continuación del procedimiento de extradición y sus finalidades, ya que son del orden público y no son susceptibles de suspenderse.
Agregó que Tudor ratificó su demanda de garantías y detalló que no se abrió el incidente de suspensión debido a que el 27 de mayo se le otorgó respecto de los actos señalados como inconstitucionales.
Se fijó la audiencia constitucional para el 30 de junio, cuando decidirá si le concede la protección de la justicia federal, y dio 15 días para que las autoridades rindan su informe respectivo. “En el supuesto de que el acto reclamado sea cierto, remitan copia certificada completa y legible de las constancias necesarias para la solución del juicio, apercibidas que, de no cumplir, se les impondrá multa de 100 veces la unidad de medida y actualización.